El Ayuntamiento tomaba nota de todo lo acontecido hasta aquel momento y llamaba a una serie de testigos para que declarasen lo que sucedía con este molino.

Todos ellos ratificaron lo que Arguiriano había presentado a los responsables de ese Ayuntamiento. Entonces el alcalde adjuntó toda esa información y de ese modo los acreedores pudieron estar al tanto de lo que estaba sucediendo con el molino, en el transcurso del contrato de arrendamiento formalizado por subasta pública.125 [125 BUA-AMB, C/057-19. … puso una piedra nueva que le costó 481 reales, 2 azenias (rodetes) por las que pagó 12 ducados por cada una de ellas, 4 cellos que se pusieron para que los rodetes y las piedras funcionasen correctamente, cuando Martín Echeverria ajustó las viejas, le cobró 6 ducados, una vez que se hizo cargo del molino, otros 50 reales se gastaron en reparar la “colomadura”(parte superior de la presa) con clavos grandes y 3 oficiales que repararon la presa.]

El detonante de las malas relaciones surgidas entre el cabildo parroquial de Eibar y el mayorazgo de la casa torre de Urkizu, se debieron al tributo que en 1865 se le pedía al propietario, por los bienes sujetos a una pensión anual, por las memorias de sus antepasados. El pleito comenzaba ante la justicia ordinaria de Eibar, pasaba al corregidor de esta provincia y continuaba en la chancillería de Valladolid. Lo que significaba que iba a ser un pleito largo y costoso que estaba minando la economía de ambas partes, tras haberse realizado constantes apelaciones y por ese motivo decidieron que era mucho mejor llegar al acuerdo que mitigase esos gastos. Se firmaba la paz en mayo de 1866 y Francisco Gerardo Orbea se comprometía a pagar anualmente 200 reales hasta completar la cifra de 774, dinero que se obtendría de sus bienes y del molino de Urkizu. Sin embargo los réditos que superaban con creces esa cantidad y saldría del corte de los montes que pertenecían a esa casa. Esa tala se llevaría a cabo aquel mismo año o el siguiente, computando el precio del mercado en la fecha que se produjese, hasta completar la cifra exacta de los réditos, llegado el momento 200 cargas para fabricar carbón en rama, serían para Francisco. Con el acuerdo a la vista, se dieron por finalizadas las contiendas y los pleitos.126 [126 AHPG-GPAH, 1-1044, folio 45.]

De nuevo este molino se encontraba a merced de una nueva contienda ya que después de haberse cumplido con lo pactado, el nuevo cabildo surgido en 1703, reclamaba al heredero Martín Orbea Urkizu y a su yerno Bautista Alberdi, los réditos ante el tribunal de la chancillería, por lo que a los herederos, no les quedó más remedio que otorgar un poder para que se les representase ante ese tribunal y se mostrase el acuerdo obtenido en 1686.127 [127 AHPG-GPAH, 1-1053, folio 109.]

En 1722 este molino estaba amenazado de ruina, motivo por el cual fueron requeridos el maestro carpintero Pedro Olaechea, y el cantero Zeledón Echevarria, con el objetivo de preparar un presupuesto de las obras que necesitaba el molino para poder funcionar correctamente. Observaron las necesidades del molino y se dieron cuenta que el tejado presentaba un estado muy deteriorado, así como las paredes del edificio.128 [128

AHPG-GPAH, 1-1067, folio 259. Precisaba componer 24 estados de pared de mampostería y la mitad de la piedra que el cantero necesitaba utilizar, estaba allí mismo. Sin embargo el carpintero tendría que cambiar 30 cabrios, con una largura de 8 pies (unos 2,44mts.) cada uno de ellos, luego 3 “goiaras” de 30 pies de largo, 8 estados de ripia y 500 tejas. En el suelo donde se encontraban las piedras de moler, necesitaba que se colocasen 2 frontales de 14 pies (4,27 mts.) de largo cada uno. Más 4 estados de tabla de “coloma” que el cantero necesitaba para su trabajo.]

Después de las obras, hubo necesidad de hipotecar el molino, por haber entrado a formar parte de las religiosas del convento de Isasi, la madre de Clara Orbea que pagó una parte de la dote y las monjas le extendieron un certificado del desembolso efectuado. Sin embargo, necesitó reconocer que todavía le quedaba por abonar una parte y que lo haría en años sucesivos, aunque cada pago superaría los 300 ducados y mientras no se completase la cantidad adeudada, le aplicarían un 3% de interés.

Como garantía de que el pago se llevaría a cabo se hipotecaron los frutos las rentas, la casa torre de Urkizu y el molino.129 [129 AHPG-GPAH, H-581, folio 120v.]

Otro de los problemas que en 1790 acuciaron a los propietarios de este molino, fue la construcción de una presa en sus inmediaciones, con la que Sebastián Erviti deseaba conseguir el flujo de agua suficiente para dar movimiento a su nuevo ingenio de barrenar cañones. Cuestión que supuso una sucesión de pleitos y apelaciones en varios tribunales, y en todos ellos fueron dando la razón al dueño de este molino José María Orbea. Aunque la resolución de las confrontaciones se producirían bastantes años después, cuando los sucesivos herederos fueron haciéndose cargo del molino, más adelante podremos comprobarlo.130 [130 AHPG-GPAH, 1-4655, folio 337.]

De este molino harinero en 1809 era propietario José María Orbea y su inquilino, durante años, fue Domingo Bascaran, pero en este año concreto Domingo deseaba dejar de ser el molinero y de ser su inquilino, debido a que había realizado importantes obras y los pagos salieron de su bolsillo. El maestro perito Juan Andrés Lascurain, fue el experto de verificar y valorar las obras, lo que significaba que el propietario tenía que abonar esa cantidad, dinero con el que no contaba en aquellos momentos y no hubo más remedio que llegar a un acuerdo. Orbea le ofreció dos terrenos suyos que fueran gratis hasta que se completara la deuda, las dos partes se pusieron de acuerdo, con lo que Bascaran y su familia disfrutaron de esos dos terrenos, que por cierto, estaban cerca del molino, hasta que se cumplió el plazo establecido.131 [131 AHPG-GPAH, 1-1134, folio 05/11/1809.]

Las obras que se llevaron a cabo fueron muy importantes, todas para el buen funcionamiento del molino y se concretaron en la reparación del edificio y de su maquinaria imprescindible para la molienda.132 [132 AHPG-GPAH, 1-1134, folio 05/11/1809… la reparación del tejado cambiando el gallur, las entregoiaras, zapatas, frontales y postes, el cambio de tejas y reparación de los solibos, se colocaron tablas en los suelos, se hicieron marcos y ventanas nuevas, se pusieron losas en algunos suelos, se hicieron paredes nuevas a base de cal y canto. Eso en cuanto al edificio, en lo referente al propio molino, se hicieron nuevas las tapas de las piedras, se pusieron losas en las arcas donde caía la harina, la pared de piedra seca del medio de los rodeznos, tres canales o surtideros de agua nuevos, también se hicieron nuevos las mesas donde se sujetaban los rodeznos y sus ejes correspondientes, un rodezno de 5,5 palmos de diámetro y 6,5 pulgadas de grueso, otro rodezno de igual diámetro pero de 4 pulgadas de grueso, un tercer rodezno con el mismo diámetro pero de 5 pulgadas de grueso, una piedra volandera para moler maíz de las canteras de Oca, con 5 palmos de diámetro y con un grosor de 7 pulgadas en el centro y de 6,5 en el exterior, la piedra fija de las canteras de Aoiz, de las mismas medidas, otra piedra fija para moler maíz de las canteras de Oca, con un diámetro de 5,5 palmos, con un grosor en el centro de 13 pulgadas y 8,5 en la orilla, la encimera de igual diámetro traída de la cantera de Imitola, con un grosor en el centro de 10 pulgadas y 7,5 en el exterior, dos de la cantera de Usurbil para moler trigo, ambas con el mismo diámetro 5,5 palmos, la bajera con 2 pulgadas de grueso en el centro y 10 en la parte exterior, la encimera con 12 pulgadas en el centro y 9 en la orilla. En consecuencia se pusieron nuevas las seis piedras del molino.]

En diciembre de 1814, continuaba siendo el propietario del molino José María Orbea, en esa fecha, estaba deseando arrendárselo a un vecino de Barinaga de nombre Mateo Arriola, entre ambos acordaron que el plazo se estableciese por 9 años, dando comienzo el día de Todos los Santos de 1815 y finalizase un día igual de 1824.

Una vez establecido el plazo pasaron al siguiente tema, que trataba sobre el pago de la renta y lo fijaron de modo que durante los seis primeros meses de cada año y semanalmente, Arriola debería entregar media fanega de trigo de buena calidad.

Sin embargo, en los seis meses restantes, serían 7 almudeces o cuartillo de trigo los que debería servirle semanalmente.

Pero quedaban unos meses para dar comienzo al arrendamiento, desde el 1 de enero de 1815 al día de Todos los Santos, fecha en la que daría comienzo el contrato establecido, pero Arriola deseaba ocupar cuanto antes su puesto en el molino, eso significó que necesitó desembolsar semanalmente otra cantidad de trigo, estipulada entonces en cuartillo y media de trigo, lo que equivalía a 6 almudeces o cuartillas.

Además a su costa y sin poder descontar nada de la renta, tenía que ocuparse del arreglo del suelo del molino colocando una serie de tablas nuevas, para que el grano que cayese al piso no se desperdiciara. Cualquier avería que surgiera en el molino, mientras durase el contrato, también sería por cuenta de Arriola. En caso de tener que reemplazar las piedras del molino, incluso si se rompiesen las que ya tenía el molino, las pagaría él mismo, pero se las podría llevar una vez finalizado el contrato, a no ser que el propietario se las quisiese comprar a un precio justo.

De llevar a cabo sus pagos puntualmente, el propietario no podría obligarle a desalojarlo y en caso de intentarlo, estaba escrito que no sería oído en juicio y tendría que hacerse cargo de las costas.133 [133 AHPG-GPAH, 1-1146, folio 24.]

Fue de nuevo en 1846 cuando el molino necesitó ser restaurado y su propietario Manuel Orbea Urkizu, se puso en contacto con José Miguel Guisasola para su realización. Llegaron a un acuerdo que obligaba a Guisasola a tener que ocuparse de la realización de la obra, bajo el diseño preparado por el perito José Ignacio Berraondo, plano que ya había recibido y en el que también se especificaban los pasos a seguir, los precios de los materiales a utilizar y los jornales de cada uno de los operarios que debían intervenir. El plazo estipulado para su realización, fue de cinco meses y sin prorroga, pues de no acabarla en ese tiempo, los expertos nombrados en ese momento valorarían los daños y perjuicios.

Por su parte Manuel Orbea, quien ya había abonado una parte muy importante del presupuesto, tenía que continuar pagando cierta cantidad según fuese avanzando la obra y el resto, hasta la dejar finiquitado el importe total lo cumpliría anualmente cada mes de noviembre. Si los pagos no se realizasen de la manera convenida, sería condenado a pagar los daños y costas que se produjesen.

Era una época que en Eibar este tipo trabajos, estaban sujetos a un impuesto sobre el coste de la obra, era el modo hacer frente a los gastos que en aquel momento les estaba ocasionando la “casa de armas” de la propia villa. Con el mismo fin, también le incrementaba 8 maravedís al azumbre, a toda clase de vinos que llegaban a la localidad.134 [134 AHPG-GPAH, 1-1161, folio 62.]

Como ya hemos anunciado anteriormente, la implantación del ingenio de barrenar cañones montado por Sebastián Erviti, llegó a acarrearle una serie de problemas con los propietarios de este molino, debido a que había dado más altura de la permitida a la presa, su instalación perjudicaba ostensiblemente al normal funcionamiento del molino cuando esa presa se hallaba al completo de agua, ya que inundaba sus ruedas y no le permitía trabajar como sería deseable. Pero en vez de continuar con los pleitos adelante Antonio Erviti por una parte y Manuel y José Manuel Orbea por la otra, consideraron que era mejor llegar a un acuerdo que satisficiera a ambas partes y para ello dictaron una serie de normas que estaban dispuestos respetar a partir del 4 de junio de 1853.

La primera observación estaba en la altura de la presa montada por Erviti, que contaba con 18 pulgadas más que la señal de seguridad instalada en la “segunda playa”, donde existía una peña que estaba marcada por medio de un clavo incrustado y emplomado, como signo de que esa marca no se pudiese cambiar de sitio.

Solamente con escasez de agua y cuando el río llevase poco agua, se le permitía la colocación de tablas sobre la presa, para que de ese modo pudiese dirigir a su cauce todo el agua que fuese posible, pero teniendo en cuenta que la colocación de esas maderas, era de manera provisional y siempre que no perjudicase el funcionamiento del molino.

Debido a los trastornos que la presa de Erviti estaba ocasionando al molino de Urkizu, dado que en aquellos momentos la altura se mantenía, estuvo de acuerdo en abonar anual y perpetuamente 80 reales a los Orbea y el primer plazo se cumplió el 24 de junio de 1853. Este pago se realizaría mientras la presa mantuviese esas medidas, pero si la presa se destruyese voluntaria o involutariamente, dejaría de pagar esa cantidad mientras permaneciese en ese estado. En caso de volverla a poner en funcionamiento, no se le podría dar más altura de la que ya tenía y volvería a abonarse esa especie de renta anual, él y sus sucesores.

Para el puntual cumplimiento del pago de esos 80 reales, se hipotecaba el ingenio con su presa y su cauce. Estas fueron las condiciones expuestas para este pacto y que ambas partes se comprometieron a respetar y acatar.135 [135 AHPG-GPAH, 1-4656, folio 329 v.]

Considerada como justa la compensación por los perjuicios causados por el montaje de esa presa, lo que le supuso a Erviti tener que pagar esa cantidad perennemente, además de tener hipotecado de por vida el ingenio, le hizo reflexionar y cuando apenas habían pasado 4 años, realizaba una nueva propuesta. Determinaba que los Orbea recibirían un único pago de 1.650 reales, de ese modo podía descargar el empeño del barreno, su presa y cauce y hacerlo para el día de San Juan Bautista de 1857, por el contrario, estaba dispuesto a aceptar que ni sus sucesores pudiesen alterar las medidas adoptadas en la anterior transación que hacía referencia a esa misma presa, teniendo que ser respetada la altura prevista. Al mismo tiempo les ofreció la posibilidad de que tanto Manuel como Juan Manuel, pudiesen utilizar ese ingenio siempre que lo considerasen oportuno. En esta ocasión también se pusieron de acuerdo y se comprometieron a no hacer jamás una reclamación sobre los aspectos apuntados, ya que no se habían realizado con ánimo de engañar o de causar lesión alguna.136 [136 AHPG-GPAH, 1-4457, folio 18.]

La Diputación de Gipuzkoa solía sacar a subasta la explotación de los peajes de las cadenas dispuestas en varias poblaciones y en una de ellas, en la de 1858 se subastó la situada en el término de los Santos Mártires de Bergara para el ejercicio de 1859. El adjudicatario resultó ser un vecino de Eibar, de nombre Juan Domingo Murua entre las condiciones que se le pidieron estaba la que se le imponía la presentación de una fianza como garantía de que la cantidad ofertada en la subasta, en esta ocasión 27.000 reales, se harían efectivos, también tuvo que presentar a la persona que ejerciese como su avalista, dado que Murua no podía ofrecer ese depósito, Juan Manuel Orbea como garantizador del pago, aunque no era preceptivo que lo hiciera, renunciando a las leyes que le protegían en estos casos, como seguridad de que el pago para el peaje se realizaría como estaba convenido, hipotecaba su molino de Urkizu, con todos sus instrumentos y el ingenio de barrenar cañones que se hallaba junto al propio molino. Ambas propiedades utilizaban las aguas del río Ego y se encontraban junto al camino real que atravesaba la localidad de Eibar.137 [137 AHPG-GPAH, 1-4458, folio 631.]

Aunque los datos aportados en otras investigaciones nos indicaban que este molino se mantuvo en funcionamiento hasta 1936, lo cierto es que hemos dado con un documento de su transformación a vivienda que se produjo a finales del siglo XIX.

Con ocasión del contrato matrimonial celebrado entre Domingo Arocena y Francisca Arriola, se llegó a un acuerdo para que la nueva pareja y la familia del padre de ella Pedro Arriola, compartiesen los bienes que poseían. Transcurrido un tiempo, en marzo de 1881, deciden romper la armonía y repartirse esos bienes para que cada familia los utilizase de manera independiente, sin la intromisión de la otra. Pero ambas familias compartirían la misma casa, la mitad para cada una de ellas, “en la que había sido el molino de Urkizu”, cada una por su propia cuenta y pagando a medias la renta correspondiente, hasta que Antonia hija de Pedro y hermana de Francisca, alcanzase la mayoría de edad, desde entonces al padre le tocaría pagar las 2/3 partes.

Este dato es significativo y nos indica que para esa fecha, el molino no funcionaba y había sido convertido en vivienda.138 [138 AHPG-GPAH, 1-4793, folio 389.]

Cuando se estaba realizando el saneamiento de la villa en 1914, fue necesario realizar una serie de arreglos y entre ellos nos encontramos con el que se produjo enfrente a este molino, debido a un gran socavón que había aparecido.139 [139 A.M. EIBAR. Carpeta C negociado 7-serie 4.]

Galartza

Este molino se encontraba entre los molinos de Urkizu y Azitain.

Aguas arriba de los molinos de Azitain y Apalategi, Sebastián Erviti comenzó a construir su propio molino, en el término denominado Galartza, pero cuando se encontraban en plena faena, los propietarios de los otros dos molinos citados, se pusieron de acuerdo para anular esa construcción y denunciar los hechos ante el Corregidor de la provincia. Motivo por el cual fue necesario cumplimentar una serie de requisitos, que comenzaban con la declaración y el poder emitido por Juan Ramón Arteaga, vecino de Deba y propietario de la mitad del molino de Apalategi, un 3 de septiembre de 1786.

En su protesta, denunciaba la poca consideración que había tenido Erviti por no haberles comunicado el comienzo de las obras para la construcción de un nuevo molino, con su cubo donde retener las aguas, en el paraje denominado Galartza, situado aguas arriba de los molinos de Apalategi y Azitain y que constituía un considerable perjuicio para los otros dos molinos antiguos, situados aguas abajo. En vista de lo que estaba ocurriendo, José Joaquín Emparan, en representación de Arteaga, había interpuesto demanda ante el Corregidor de la provincia, pidió la inmediata paralización de las obras, y que se comenzase con la demolición de lo construido hasta aquel momento, a cuenta de Erviti, para que en adelante, ni él ni sus sucesores pudiesen hacer un cubo donde retener las aguas y no causar más daño a los otros dos molinos. Por ese motivo fueron convocados el 8 de agosto de ese mismo año ante el teniente de Corregidor, quien admitió la demanda, dictaminando que cesasen de inmediato las obras y daba un plazo de 3 días a Erviti para que explicase el derecho que le asistía para haber comenzado esa edificación y al mismo tiempo poder llegar a un acuerdo con la parte contraria. Al no poder acudir Arteaga al acto de toma de decisiones, extendió un poder para que fuese el propio Emparan quien le representase.140 [140 AHPG-GPAH, 1-2754, folio 145.]

Otro de los propietarios del viejo molino de Apalategi, actuaba de la misma manera, pidiendo a Erviti, y a sus sucesores que no instalasen un cubo, ni retuviesen el agua en la antepara, ni tampoco instalasen otra máquina de esas características, pidiendo que el Corregidor actuase en consecuencia. No pudiendo acudir personalmente al encuentro con el propio Erviti, delegaba en Emparan sus derechos, para que pudiese actuar de la mejor manera posible, a favor de los intereses de ambos molinos.141 [141 AHPG-GPAH, 2-0677, folio 265.]

El tercero de los propietarios del molino de Apalategi, el Marqués de Santa Cruz, explicaba que desde que sus ancestros y él mismo habían sido y eran los propietarios desde tiempos inmemoriales, no habían tenido problemas para mantener el molino en funcionamiento y que lo mismo había ocurrido con el de Azitain, perteneciente al mayorazgo de Unzueta sin embargo, los problemas se podrían acumular ante lo que se les venía encima, por la construcción que Erviti pretendía realizar. Ese era el motivo por el que había apoyado la demanda ante el Corregidor, pidiendo la inmediata paralización de las obras y que se tomase la decisión de su demolición. Sin embargo el mismo Erviti había pedido que se suspendiese la demanda ya que estaba dispuesto a reunirse con ellos, para acatar todas aquellas reglas que le impusiesen y de ese modo poder construir su molino. Ante tal disyuntiva y aunque contaba con su propio administrador, extendió un poder para que fuese el propio Emparan el que también representase sus intereses en esa reunión.142 [142 AHPG-GPAH, 2-0677, folio 258.]

Plano o mapa del maestro de obras y agrimensor Andrés de Landa adjunto a su informe de reconocimiento de obras realizado por "orden del sr. d. Jose Joaquín de Emparan y dueño del molino de Acitain" con motivo del litigio en torno a las obras del molino de Galartza. Diputación Foral de Gipuzkoa-Gipuzkoako Foru Aldundia AHPG-GPAH 2/0677:281v.

Para entonces Emparan había tomado la determinación de contratar los servicios del maestro de obras de Azpeitia, Andrés Landa, quien necesitó reconocer las obras, que junto al río Ego y en el lugar denominado Galartza, Erviti estaba ejecutando aunque en ese momento estuviesen paralizadas, pero era conocido que deseaba continuar con ellas, siempre que consiguiese la autorización de sus vecinos propietarios. Ese fue motivo para levantar un plano que fuese la guía de la construcción del nuevo molino y de la casa del molinero, un plano que no se pudiese alterar, ni sus medidas, ni su modelo y donde se demostraba que la antepara o sitio por el que se introduciría el agua en los “pesebres o cubetos para dirigirla a los rodeznos”, no podría almacenarla, de ese modo el agua correría sin detenerse, y no perjudicaría a los otros dos molinos.

Al presentar el plano, describía cada uno de los puntos y daba sus respetivas medidas y aunque estas están descritas por pies, las pasamos a metros, teniendo en cuenta que cada pie eran unos 0,28 metros, ya que él mismo apunta que se trata de pies castellanos: “nº 1.-Ermita de Azitain; nº 2.- Casa de Azitain; Las dos lineas de color pajizo, las señalaba como los caminos que desde la ermita se dirigían al centro de la villa, el entonces nuevo camino de coches y el antiguo camino vecinal o de servidumbre, la raya roja que se muestra al borde del camino principal, era terreno que pertenecía al Ayuntamiento al construirse esa misma carretera, la letra M que se halla entre el río y el camino real, dibujado en blanco, eran terrenos de la casa de Unzueta; la letra N de color azul, se trataba de la arboleda de la casa Urdulas; la letra O que le sigue de color blanco, eran tierras de Andrés Betolaza; en el número 3º se encontraba la arboleda del palacio de Unzueta; desde el número 3º al 4º existía una distancia de 173,74 m. y desde el 4º al 5º un espacio 43,12 m.; la letra A que puede contemplarse en el extremo del pretil del puente nuevo, se utilizó como punto fijo para medir la distancia hasta la letra B, que era de 388,64 m.; la anchura media del río entre el puente A hasta el nuevo molino era de unos 5,6 m.”

Luego explicaba: “las medidas del “buque” del nuevo molino y albeo o anchura de la madre del río con las letras S. T. G. : En la letra S cuando el agua estaba en su curso natural era de 8,4 m. de ancho, siendo esa misma letra el punto fijo del ángulo recto hasta la letra C, esquina del molino donde se contaban 11,20 m. de anchura, así como en los puntos atravesados de la letra T y desde la T hasta la S, había una tirada de 26,88 m. y distaba 42 m. hasta poniente, con una anchura del río de 10,64 m. en los puntos de G hasta la letra T.”

“Las medidas exteriores del molino y de la casa del molinero; por la parte del mediodía eran 11,20 m. de largo; la extensión del arco 2,66 m. señalado con puntos. Su planta; la parte de oriente de 5,18 m. en el cuerpo del molino pintada sus lineas de color rojo y en su parte de oriente estaba apostada la sangradera de las aguas con una cabida de 42 cms. y ¾ de pie cuadrado. La distancia desde la esquina C hasta el vacío de la sangradera 2,08 m.; desde la esquina X del cuerpo del molino, hasta el camino o letra B, 4,48 m. contando desde el macizo del cubo que muestra con el color pardo y entre X y B existía el mojón divisero con dos piedras abrazadas una a la otra, a una distancia medía proporcional entre esas mismas letras de 42 cms., desde la pared del edificio donde se encuentra la letra B; la pared que se halla sobre el parapeto del cubo del molino hacia la parte septentrional era de 4,20 m. y los otros dos ochavos de la pared maestra del cuerpo de la casa o medianil. El primer ángulo recto de 2,17 m., y el segundo ángulo obtuso de 1,82 m., y la anchura del cubo en el parapeto de 84 cms. y con una altura de 2,10 m. y el lienzo de la casa en su parte septentrional era de 10,08 m. y la pared oblicua de la parte de poniente de 8,96 m.” Las condiciones para llevar a cabo esa obra, según las exigencias de Andrés Landa era: “desde la figura Z hasta la H en la parte opuesta de molino y hacia el mediodía, Erviti debería construir, una pared de 84 cms. en su base y en el remate de 70 cms. en una extensión de 35 m. y superando en 56 cms. la altura del terreno de la arboleda de Unzueta, pintada en el plano de verde, y darle comienzo cuando hallase un terreno firme, a base buenas piedras y con buena mezcla de masa y en el punto H se ejecutaría con piezas enteras y el remate con el corte hacia el río y bien unida en toda su longitud.”

“Que la pared de oriente del molino, entre los puntos J y R, tendría que hacerla de cal y canto en una extensión de 12,88 m., con 1,4 m. de altura, con 84 cms de grueso en su base y de 70 cms. en el remate, sacando la arena de la que había para el edificio, existiendo peligro de caída de tierra, era necesario darle prioridad y que en el plano se puede distinguir con el color pardo, entre las referidas letras.” De ningún modo Erviti podría superar la altura, del camino de servidumbre, cuando se construyese la acequia para dirigir el agua al molino y atender a lo dispuesto por los maestros peritos; José Echeverria y Juan Andrés Lascurain, sobre este particular, quienes una vez finalizada la obra tendrían que verificar su colocación.

“Los cubos piramidales de las figuras P y 9 del depósito del parapeto del molino, podía Erviti fabricarlas de piedra o madera, entendiendo que los vacíos que quedasen entre esos cubos y los murallones del depósito, que aparecen figurados con tinta de color pardo en el nº 3 y los dos costados amarillos, tendría que macizar a base de cal y canto, por lo menos las tres partes que se pintan de color rojo, de 70 cms. de grueso, con mezcla a base de una mitad de arena o escoria de ferrería y la otra con buena cal, al objeto de que el agua no pasase a esos vacíos.”

“En el punto B donde esta pintado en morado, debería confeccionar el mismo macizo que el anterior, de 56 cms. contra el terreno y en la sangradera del molino hacia el oriente, abriría una zanja de 28 cms. de anchura y colocar una losa enfrente con una longitud de 1,40 m., la altura serían 84 cms. y su grosor 14 cms. en el lugar que en el plano se pintó de color pajizo, de modo que el agua pudiese correr directamente al río Ego. En todo momento Erviti tenía que tener en cuenta, que una vez hecha la obra que se le imponía, serían Emparan y los peritos los encargados de darle el visto bueno, antes de comenzar a trabajar con su nuevo molino de Galartza”.143 [143 AHPG-GPAH, 2-0677, folio 272.]

El palacio Unzueta, el caserío Txopengua y la iglesia de Azitain al lado de la antigua carretera general 634 (1940). Kutxateka. Fondo Indalecio Ojanguren. Autor: Indalecio Ojanguren.

La primera condición era que, antes de continuar con la construcción del molino, debería asentar los muros que se le planteaban en ambas orillas, al objeto de sujetar esos terrenos, mientras el molino y la casa del molinero se mantuviesen en pie, estaba obligado a vigilar por su buen estado y repararlos, a su costa, cuantas veces fuera necesario. En el momento que se observase un deterioro en esos dos muros que perjudicasen el estado de ambos terrenos, lo tendría que reparar y como plazo para hacerlo, le advertían que sería dentro de ese mismo año y si no pudiese hacerles frente, pagaría su reparación con el dinero que obtuviese de la renta del molino y de la casa del molinero. Por otro lado, estaba el compromiso de que ni Erviti, ni aquellos que fuesen sus futuros dueños, podrían construir un cubo para almacenar el agua, ni retenerla por otro medio. En ese caso los propietarios de los otros dos molinos, tendrían la potestad de ordenar su demolición embargando sus rentas hasta que se pagase ese trabajo. Tampoco Erviti, ni quienes fuesen sus sucesores o sus futuros propietarios, podían construir una presa en el río, sin el pertinente permiso, de aquel que fuese el propietario del vínculo de Unzueta, dado que eran los dueños del terreno, de uno de los extremos donde se tendría que asentar la presa. Al estar de acuerdo con todas y cada una de las obligaciones impuestas, Erviti pudo continuar con la construcción de su nuevo molino, en el punto señalado.144 [144 AHPG-GPAH, 2-0677, folio 282.]

El 28 de septiembre de 1787, Martín Unzeta Barrenechea, actuaba como avalista de Sebastián Erviti, para la realización de las obras, que era necesario realizar en los caminos nuevo y viejo del término de Galartza, por la construcción del nuevo molino. Esas obras fueron revisadas y valoradas por los peritos José Echeverría y Juan Andrés Lascurain. Caminos que perpetuamente Erviti tenía que mantener y conservar a su costa, eso significaba que la villa estaba libre de su mantenimiento.145 [145AHPG-GPAH, H-581 folio 89v.]

Azitainerrota

Un documento de 1866 lo ubica en el lugar de Azitain, en una finca señalada con el número 12 del valle de Gorosta, sus limites eran: por el Este con río principal, el Ego, por el Sur con la antepara del propio molino, por el Oeste con el camino real de Eibar y por el Norte con la regata que descendía de Gorosta. Molino situado junto a la ermita de Azitain que utilizaba las aguas de río Ego.

En el año 1601 los herederos de la casa torre de Unzueta propietarios de este molino, perteneciente al mayorazgo Juan López de Unzueta, debían el sueldo a Juan González Velorado por unos trabajos que había realizado en el mismo. El caso acabó en los tribunales que dictaron sentencia a favor de que el dinero que se consiguiese por el arrendamiento, sirviese para pagar la deuda. Por otro lado, la molinera María Ugarteburu, llevaba 2 meses sin pagar la renta, motivo por el cual el alcalde envió al ejecutor municipal para que procediese a detener a la molinera si no hacia efectiva la deuda. Este se presentó en el molino el 29 de marzo de 1601, para pedirle que le entregase las 5 fanegas de trigo que correspondían por el tiempo transcurrido, además de apercibirle que si no lo hacía, iba a ser apresada y puesta en la cárcel municipal, incluso incautarle los bienes por ese importe. Ella le respondió que nada debía, puesto que el contrato realizado no tenía validez, ya que ella era una mujer casada y era preceptivo contar con el consentimiento del marido para hacerlo, pero al no encontrarse en esta villa, no se había podido presentar por lo que entendía que ella se sentía libre de todo compromiso y por actuar de esa manera fue llevada presa a la fuerza.

El caso llegó a instancias superiores y el Receptor de la Chancillería, Pedro Betolaza, ordenaba al alcalde de Eibar que procediese a subastar la renta del molino y que con el dinero obtenido se pagasen los gastos del juicio y la factura de los trabajos realizados por Velorado. Informado de estas actuaciones el propietario, consideraba que era una tropelía y anunciaba un recurso por su modo de proceder. Betolaza le contestó que no estaba justificada la protesta, puesto que al haber arrendado durante un año esa propiedad para pagar la deuda contraída y ser la molinera una mujer casada por lo que no contaba con el consentimiento del marido por hallarse ausente, ese contrato había sido anulado.

Con la orden en sus manos, el alcalde Miguel Iturrao, hizo los preparativos para que en la parroquia, en la misa mayor de los domingos, se notificase a los asistentes la subasta que se iba a celebrar. Se sucedieron las dos primeras almonedas y nadie pujaba, por lo que la iniciativa resultó infructuosa, la tercera y última se realizó el 12 de junio de 1601, festividad de la Pascua del Espíritu Santo, a la que acudió mucha gente y pese a tener encendida la candela durante un largo periodo de tiempo, hasta que se consumió, no hubo quien se acercase a lanzar una puja, por lo que no hubo más remedio que suspender el acto y tomar acta de lo sucedido para notificarle al receptor.

Sin embargo el 13 de agosto de ese mismo año, se presentaba ante el alcalde María Arispe, comprometiéndose a quedarse con el arrendamiento del molino durante 1 año por 20 fanegas de trigo, con la condición de que el molino estuviese perfectas condiciones de trabajo y a cambio ella entregaría garantías de pago. Siendo a cargo de la renta la puesta en marcha del molino, las averías que surgiesen después, sus reparaciones se llevarían a cabo según los usos y costumbres de la villa. Esta propuesta era importante que la conociera el propietario y se le daba un plazo de 3 días para conseguir que el molino estuviese en perfectas condiciones de uso. De no hacerlo de la manera indicada, el alcalde mandaría que los arreglos se hiciesen a cargo del dueño y al mismo tiempo, se lo entregaría a María Arispe. De ese modo no podía alegar su ignorancia sobre la propuesta presentada. Un día después, sobre las diez de la mañana, se ponía en conocimiento de Juan López de Unzueta, al hacerle entrega de una carta con lo dictaminado por el alcalde y él admitió haberla recibido.

Su contestación no se dejó esperar y expresaba su malestar por todo lo que estaba sucediendo con su molino, teniendo en cuenta, que en el momento del embargo funcionaba perfectamente y su deterioro venía motivado por haber estado parado durante el tiempo transcurrido en el juicio y en las posteriores subastas, por lo tanto consideraba que no era justo que los gastos de la puesta en marcha se la imputaran a él. También declaró que se había puesto en contacto con personas que estaban dispuestas a ofrecer una mayor renta por trabajar en su molino y que por otra parte sabía que en aquellos momentos el alcalde se había ausentado de esta villa para atender a ciertos pleitos en Vitoria. En consecuencia pedió la ampliación del plazo dado y que no se tomase decisión alguna hasta su vuelta, ya que era quien había recibido las indicaciones de Betolaza para llevar adelante este asunto y quien estaba al tanto de cuanto había sucedido.

A su vuelta el alcalde, relataba al propietario el modo de proceder con la subasta y que ya habían pasado 8 días de la oferta presentada por María, de la que fue puntualmente informado, y que dadas las circunstancias era el momento de presentar las ofertas que indicaba y que él mismo estaba dispuesto a escuchar cuantos ofrecimientos se le presentasen, siempre que superasen lo ofrecido por María.

Entonces se recibió un escrito enviado por Juan Lizundia, manifestando el perjuicio que suponía para los vecinos de Eibar y su comarca, que el molino estuviese parado, dado que no se contaba con muchos centros donde pudiesen moler sus ceberas y el producto estaba a punto de echarse a perder. También indicó que la premura por salvar la producción, le empujaba a tener que pujar por quedarse con el arrendamiento y entregar por ello anualmente 30 fanegas de trigo y 2 de mijo, además de moler gratis todo aquello que la casa de Unzueta necesitase. No obstante, había que tener en cuenta que para quedarse con ese arrendamiento estaba dispuesto a ofrecer cuantas garantías que fuesen necesarias presentar, con la condición de que el molino se hallase en perfectas condiciones de uso, puesto que al haber estado parado existían una serie de averías en los calces, en las piedras y en otros instrumentos que hacían necesaria su reparación. Con respecto al batán, consideraba que las ganancias o pérdidas se lo podían repartir a medias.

En vista que la oferta superaba las previsiones que el alcalde tenía hasta aquellos momentos, pedió a Juan Lizundia que presentase sus avalistas y de ese modo se procedería a la entrega del arrendamiento por espacio de 1 año. Cuando todo estaba en regla, acordaron aumentar en 4 las fanegas de trigo que semanalmente y en todos los fines de semana tenía que abonar. En cuanto a la mitad de lo que se sacase con el batán, se la tenía que entregar al Receptor de la Chancillería Pedro Betolaza. Durante ese periodo, consideraron que podían surgir pequeñas averías, de las que se tendría que hacer cargo el propio Lizundia, sin embargo, las consideradas como nuevas serían cuestión que resolverían entre la renta del molino y el propietario.

En cumplimiento de lo expresado por Lizundia el día 21 de agosto, se personaba en el molino de Azitain el alcalde, también estaba presente el interesado, con la finalidad de valorar el estado en el que se encontraba. Al objeto de tomar nota de lo que se precisaba, nombró como expertas a la molinera del molino de Urkizu, Francisca Arana y a la del de Apalategi, Amelia Ugarteburu. Ambas juraron realizar honestamente la labor que se les había encomendado y acto seguido pasaron al interior del molino, donde observaron el mal estado de las piedras molares y el resto de instrumentos, calculando que sería necesario gastarse unos 6 ducados, en su puesta a punto, donde también estaba incluida la limpieza de las gargantas (rayones) de las 3 piedras, debido a que se hallaban llenas de trigo que había sido comido por los ratones y que era todo lo que ellas podían concretar. En aquel instante el alcalde ya tenía, poco más o menos, la valoración de lo que se necesitaba en el interior, pero precisaba de la aportación de un experto que le dijese lo que convenía realizar en la totalidad de las instalaciones y por ese motivo también se encontraba presente Martín Echeverría, vecino de Ermua, por ser maestro de ribera, quien por su trabajo estaba continuamente acudiendo a las reparaciones de molinos. Esta persona juro emitir un presupuesto ajustado a las necesidades que era preciso realizar para su buen funcionamiento.

El molinero Ignacio Antia Goiburu picando la piedra “goiko arria” en su molino de Oria errota en 1981. Foto: Koldo Lizarralde.

En primer lugar indicaba que no quedaba más remedio que picar los 3 pares de piedras molares, trabajo que ocuparía 3 días a un maestro oficial y otro día más lo emplearía tapando con barro, los orificios dejados por los roedores en el contorno de esas mismas piedras. Tanto el sustento del maestro y su jornal supondrían 22 reales. También advertía que era preciso arreglar y acerar los hierros de esos 3 pares de piedras y consumir media fanega de trigo en la limpieza de sus gargantas. En el arreglo que precisaba el batán había que invertir 18,5 reales. En cuanto a la limpieza de la acequia, echar fuera y reparar los desprendimientos, era necesario contratar a 7 obreros. Con todas estas reparaciones estaba convencido que el molino funcionaría perfectamente.

De acuerdo con el alcalde, Martín se comprometió a que en el plazo de 8 días, repararía las piedras, renovaría los hierros que fuesen necesarios cambiar y se encargaría de reparar el batán. Por esa labor el alcalde le abonó 20 reales a cuenta y el resto del dinero se lo entregaría en el momento que finalizase su trabajo. Por su parte, Lizundia le encargaron la limpieza y reparación de la acequia, por lo que percibiría 21 reales y 8 reales más por la media fanega de trigo que se necesitaba para la limpieza, dinero que recibiría a cuenta de la renta del molino. Desde ese mismo día, estaban obligados a finalizar la obra en 8 días, momento en el que se iba a dar por iniciado el contrato.146 [146 BUA-AMB, signatura 05 C/011-01.]

También este molino recibió la visita de los encargados municipales, para comprobar que los pesos y pesas del molino se hallasen en regla, por ese motivo el 7 de octubre de 1619 pidieron al molinero Francisco Echevarría y a su esposa María Martínez de Cegama, que les enseñasen el peso que lo hallaron en buen estado así como sus tablas, luego compararon con sus muestras las pesas de 5, 4 y 2 libras que estaban perfectas, pero la de media libra era algo mayor y el cuarterón con menos peso.

Les indicaron que era necesario ajustarla debidamente y presentarlas en el Ayuntamiento la tarde de ese mismo día, para verificar el peso de cada una de ellas. De no cumplir con esa misión se les impondría una multa de 400 maravedís.

Una vez que revisaron las anomalías de las pequeñas y las ajustaron, se dirigieron hasta el Ayuntamiento con las mayores que eran de 40, 20, 16, 10 y 8, todas tenían su peso en orden, al mismo nivel que las que tenían los encargados como muestra en el Concejo, una vez modificadas las dieron por buenas.147 [147 BUA-AMB, signatura 05 C/026-02.]

El reparador de molinos, Francisco Echevarria, en 1637 actuaba como molinero en este molino de Azitain, que por entonces todavía pertenecía a la casa torre de Unzueta. Queda constancia del hecho, al presentar éste, una cuenta de arreglo de piedras, ruedas y demás instrumentos a la administradora del molino de Urkizu.148 [148 AHPG-GPAH, 1-1018, folio 23.]

Pedro Antonio Unzueta en el año 1761 pasó a ser el propietario de este molino, como así consta en el contrato de arrendamiento realizado con la viuda Ana María Mandioca, lo hizo por espacio de 4 años. La renta que le pidió en ese momento fue de media fanega semanal, hasta la finalización del contrato, durante ese tiempo tenía que moler gratis todo el trigo que el propietario necesitase, así como tratar al molino con sumo cuidado y reparar las pequeñas averías que surgiesen, si no quería ser expulsada de la propiedad. Del mismo modo y por el mismo tiempo, llegaron al acuerdo de arrendarle dos terrenos que Unzueta poseía cerca del molino y una cuadra con ganado, con la premisa de repartirse tanto las ganancias como las pérdidas. En ese mismo acto se le recordó que debía abonar la deuda acumulada que ascendía a 5,5 fanegas de harina de buena calidad y los 125 reales. Como fiador de que todo se pagaría, la viuda presentó a su hijo Francisco Bandaormaechea. Ana María podía estar tranquila si cumplía con todos los requisitos del contrato, puesto que no le podrían dejar en la calle sin molino, dado que ello supondría que el dueño tendría que ofrecerle otro molino de las mismas características y con iguales condiciones.149 [149 AHPG-GPAH, 1-1088, folio 160.]

Recordar que Sebastián Erviti estaba construyendo su molino de Galartza y que en agosto de 1786 el teniente corregidor había mandado parar las obras por la denuncia que había efectuado José Joaquín Emparan, en representación del propietario del de Apalategi y quien a su vez era el dueño de este molino.150 [150 AHPG-GPAH, 1-1110, folio 261.]

El día 22 de mayo de 1801, entre los molinos de Azitain y Apalategi, el agua derribó un trozo de camino real, por lo que el alcalde ordenó su reparación, de la valoración de la obra se encargó Juan Andrés Lascurain, cuestión que llevó a cabo un 26

de junio de 1802. Ese día también reconoció el tramo del cauce del río, más abajo del molino Apalategi por hallarse muy deteriorado y de ello informó al alcalde.151 [151 AHPG-GPAH, 1-1132, folio 26/06/1802.]

Por medio de un testamento formalizado en el año 1845, por José Manuel Emparan, vecino de Azpeitia que estaba casado con María Joaquina Olazábal, de cuyo matrimonio había nacido un hijo llamado Genaro, nombra a este por su único y universal heredero de todos sus bienes, dejando a su mujer la quinta parte de esos haberes,152 [152 AHPG-GPAH, 2-4176, folio 398.] tras lo cual este molino de Azitain pasaba a manos de Genaro Emparan.

Este nuevo propietario, asimismo vecino de Azpeitia y de 54 años de edad, recordaba que a pesar de que este molino no se había vendido nunca, ni tampoco hipotecado era una propiedad heredada de su padre y en el año de 1866 se mostró dispuesto a venderlo con todo su pertenecido.

Al efectuar la declaración de todo lo que deseaba enajenar, hacia un resumen de lo que contenía y donde se hallaba. Estaba ubicado en el lugar de Azitain, en una finca señalada con el número 12 del valle de Gorosta, ocupando una extensión de 120 estados cuadrados (unos 756,48m2). En el edificio, aparte del lugar destinado a la maquinaria donde estaban instaladas cuatro piedras de moler con sus respectivos rodeznos, había una habitación y todo lo necesario para que la maquinaria funcionase.

Sus límites eran los siguientes: por el Este con río principal, el Ego; por el Sur con la antepara del propio molino; por el Oeste con el camino real de Eibar y por el Norte con la regata que descendía de Gorosta.

Su presa tenía una longitud de 101 pies (unos 28,28 metros) hasta la compuerta y su mayor altura era de 19,5 pies (5,46 metros). El cauce con su antepara hasta la compuerta de entrada del agua, era de 672 pies lineales (188,16 metros), en esa extensión se hallaba en un pequeño tramo, la huerta de la casa del sacristán de la ermita de Nuestra Señora de Azitain. En otro trozo de reducido tamaño, una heredad que pertenecía a Juan Bautista Arriaga y el resto hasta dar con el edificio era del propio molino.

En un retazo de terreno de 67 estados superficiales, (254,868 m2) que se hallaba sobre la presa, entre el río principal, el camino real y el carreteril que conducía al caserío Loyola, había 4 robles, 2 nogales y 6 fresnos recientemente plantados.

Después de especificar todos los detalles del molino y sus propiedades, el interesado en su compra fue el molinero José Joaquín Aguirre, que deseaba adquirir todos los derechos en cuanto a entradas y salidas, así como el de las aguas. El dueño le confirmó que todo estaba libre de cualquier gravamen y el precio que le pedía era de 33.044,5 reales. El vendedor comunicó al notario, que antes de haber realizado el contrato ya había recibido 20.000 reales y que el resto estaba de acuerdo en recibirlo en el transcurso de 5 años. Pero mientras no se produjera el pago total, la propiedad permanecería hipotecada y el comprador recibiría el título de posesión, cuando esta se inscribiese en el registro de la propiedad del partido de Bergara ya que, si no lo hacía la compraventa no tendría validez.153 [153 AHPG-GPAH, 1-4466, folio 870.]

Tanto el molino como las propiedades correspondientes, las compró José Joaquín Aguirre un 27 de julio de 1866, momento en el que se inscribió en el Registro de la Propiedad de Bergara. En Agosto de 1872, Aguirre se encontró con el dilema de tener que efectuar una serie de reparaciones. En ese instante, tomó la decisión de aumentar su negocio montando un taller de armería, para lo cual, fue necesario acoplar una rueda hidráulica, con la que poder dar movimiento a cuantas maquinas que allí se instalaron.

Después de haber concluido todas las obras, se realizó un exhaustivo registro de ambos edificios, lo que nos facilita la labor de control, sobre las modificaciones efectuadas en este molino. En esta ocasión el molino contaba con 5 rodeznos y cuatro pares de piedras molares, cocina, bodega y cuadras. En el piso superior preparó habitaciones, un compartimiento donde se hallaba una máquina que se utilizaba para limpiar el trigo y otro que se usaba como granero, en la última altura un desván con su correspondiente salón.

Adosado al edificio del molino, se construyó el taller de armería, donde colocó una rueda hidráulica, con la que dar movimiento, a las máquinas dispuestas para desarrollar el trabajo de armero, con acceso desde el edificio del molino. Habitaciones en el piso superior y un desván.

En esta ocasión la valoración efectuada, contando con ambos edificios, terrenos, derechos de aguas, cauce y presa, ascendió a 33.105 pesetas. Todos estos datos se aportaron en 1884, momento en el que Aguirre, necesitó realizar una hipoteca para pagar el dinero que le había prestado Asensio Araquistain.154 [154 AHPG-GPAH, 1-4816, folio 123.]

En el censo oficial de 1890 figura como su ultimo molinero Pablo Aguirre, se estima que su última molienda se realizó en 1936.

Apalategi

Molino situado a la izquierda del río Ego, cuando lo visitamos en 1980 se encontraba desmantelado. Ubicado enfrente donde hoy en día se encuentra la empresa Zaher.

Los propietarios de varios caseríos de la zona, en el año 1530 decidieron construir este molino, pero se enfrentaron con la obstinada oposición del señor de la casa de Unzueta, quien utilizó toda su influencia para que no se edificase. Esta disconformidad estaba justificada por los perjuicios que podría acarrearle, ya que una nueva competencia se le presentaba para su molino de Azitain, sin embargo, todo ese esfuerzo fue en vano cuando un año después se nombraba alcalde a Martín Ibáñez de Ugarteburu, persona favorable a la construcción del molino.155 [155 ELORZA MAIZTEGI, Javier “Eibar: Orígenes y Evolución siglos XIV al XVI” Ayuntamiento de Eibar EGO-IBARRA 2000, página 134.]

Siendo molineros de este molino en el año 1613, el matrimonio compuesto por Francisco Zuloeta y María Erritain, dejaron de pagar una parte de la renta, la que le correspondía a Dominga Elejalde, por entonces viuda de Martín Eguiguren. En vista de lo cual denunció el hecho ante el alcalde, para que de ese modo tomase cartas sobre el asunto, éste en funciones de juez determinó que al haberse cumplido el plazo para pagar el débito y no haberlo hecho efectivo, ordenaba que se le ejecutasen los bienes, de no hacerlo, ordenó el apresamiento del molinero para llevarlo a la cárcel publica de esta villa.

El encargado de llevar a cabo esa función, se personó en el molino de Apalategi, y le ofrecieron a cambio de la deuda, un hornada de carbón (txondorra) que ya estaba preparado en el punto de Egiguren, de esa misma localidad. El jurado después de revisar el material, comprobó que se hallaba en perfectas condiciones y para que no se estropease y se mantuviese en lugar seguro, dispuso que fuese el “baserritarra” Domingo Eguiguren quien guardase ese carbón.156 [156 BUA-AMB, signatura 05 C/018-15.]

El molino de Apalategi. Dibujo: Yulen Zabaleta.

El mismo matrimonio seguían siendo los molineros en octubre de año 1619, cuando se personaron los procuradores del concejo a revisar el estado del peso y sus pequeñas pesas. Cuando pasaron al interior del molino, pudieron observar que tanto el peso de cruz como sus tablas estaban en perfectas condiciones. En cuanto a las pesas que tenían de 5, 3, 2, 1 y media libra se compararon con las que ellos llevaban y estaban bien ajustadas. Les preguntaron por la del cuarterón y no la pudieron encontrar, sin embargo hallaron una que estaba en un rincón y cuando la compararon, se dieron cuenta que no tenía el peso necesario, entonces les notificaron la obligación que tenían de llevarla ajustada esa misma tarde, para que fuesen todas verificadas y de ese modo darlas por buenas.

Así lo hicieron y a las 2 de la tarde se encontraron con el resto de compañeros molineros que llevaban la misma orden. Cuando les tocó presentar las suyas que eran de 40, 25 y 8, libras se pudo comprobar que estaban a nivel de las pesas del concejo.

Luego presentaron la de cuarterón, la cual tuvo que ser ajustada con la que tenían los representantes municipales y entonces la dieron por buena.157 [157 BUA-AMB, signatura 05 C/026-02.]

Como hemos anunciado anteriormente, este molino que pertenecía a varios propietarios y en marzo de 1622 y hasta diciembre de 1623, se lo entregaron en renta a Pedro Ibarguen y Mariana Guevara. El contrato fue incumplido en parte y se resolvió por dictamen del alcalde, como juez de paz que era. El compromiso comenzaba con la designación de la renta que se concretó en 20 fanegas de trigo anuales para repartirlo en partes proporcionales entre los titulares, al ser 10 los meses del primer año, solo abonarían 17 fanegas de trigo y el segundo año las 20 acordadas. El socio mayoritario era Asensio Eguiguren, al que le correspondía la mitad, el resto se lo repartían entre Domingo Loyola y Mariana Sugadi. Una de las obligaciones, era que no podrían abandonar el molino mientras durase la contrata y de hacerlo, seguirían pagando la renta como si lo estuviesen utilizando. Este punto iba a ser clave para emitir el veredicto. Sin embargo prosigamos con la redacción del compromiso, para conocer el tipo de acuerdos que se llevaban a cabo en esas fechas. Todas aquellas averías que surgiesen tanto en el molino como en sus propiedades, que pudiesen ser solucionadas en un solo día, sería por cuenta del matrimonio. Pero si estas necesitasen más tiempo, se ocuparían los porcioneros de su reparación y del coste. Si el mazo con el que debía contar el molino, se ponía en funcionamiento y por descuido o por culpa de los arrendatarios, se estropease, lo tendrían que poner en funcionamiento a su costa. Todo el resto de obras importantes que fuese necesario hacer frente, sería por cuenta de los socios. El molino lo deberían entregar de la misma manera que lo recibían, con la cruz del peso grande y una serie de pesas que comenzaba con la de 40 libras, seguidas de las de 25, 3, 2 y 1. También se les entregó una palanqueta de hierro con la que levantar las piedras cuando fuera necesario moverlas.

Ambas partes estuvieron de acuerdo con los compromisos adquiridos y por ese motivo lo firmaron con todas las consecuencias, pero en marzo de 1623, María Sugadi como administradora de la casa solar de Cutuneguieta, reclamó su parte del arrendamiento que no había recibido, le indicó al juez que Mariana Guevara, contraviniendo el compromiso adquirido, había abandonado la vivienda del molino y había puesto a otra persona en su lugar, sin que le hubiese pagado las ¾ partes de trigo que le debía por los 10 meses transcurridos y las 2 fanegas de ese mismo año.

Después de trasladar la reclamación a Mariana Guevara y ésta darse por enterada, el alcalde mandaba que se ejecutasen bienes al matrimonio, por cuantía de las 2 fanegas de trigo que se le debían a María Sugadi por el arrendamiento del molino de Apalategi. El ejecutor de esa sentencia Sebastián Berasaluce, el 10 de enero de 1624 se dirigió al molino de Ibarra, donde parece que era la residencia, en ese momento, del matrimonio para hacerse con varias cajas, valoradas en el precio de la deuda y entregárselas a la demandante.158 [158 BUA-AMB, signatura 05 C/029-16.]

Mediado el mes de enero de 1629, el molinero Miguel Ibargoitia, tomaba en arrendamiento este molino, bajo el contrato efectuado con Francisco Eguiguren y con el consentimiento de los demás socios que eran: María Sugadi, Juan Martínez Sumendiaga, Antonio Albizuri, Juan Sagarteguieta y Domingo Loyola. La renta que se le impuso fue de 15 fanegas para ese año, siempre que el molino estuviera en perfectas condiciones de funcionamiento, pero mediado el mes de mayo se encontraba parado, ya que le faltaba 3 de sus piedras, por lo que dos moliendas estaban paradas, este fue el motivo esgrimido para no pagar la renta, ya que la rotura le impedía moler el grano de trigo. Cuestión que iba en perjuicio del molinero y pedía que a la mayor brevedad se pusiesen las 3 piedras, renovando los postes que hacían de soportes para una mayor seguridad, además de reparar las ruedas de madera que daban movimiento a las piedras (lo que nos indica que los rodeznos todavía eran de madera). Varias veces había avisado verbalmente a alguno de los socios de la necesidad del arreglo, instándole a que cumpliesen con su obligación sin llegar a juicio y pedió que sin mayor dilación se reparase y se notificase a todos los socios esta circunstancia.

Por orden del alcalde fueron notificados todos los accionistas y comenzaron a llegar las respuestas: María Sugadi y Antonio Albizuri, respondieron que estaban dispuestos a pagar su parte del costo de las reparaciones, pero que el molinero debía pagar la renta correspondiente a los 5 meses de utilización del molino, teniendo en cuenta las 15 fanegas de trigo del rendimiento. Francisco Eguiguren nombraba a su representante, quien debía presentarse ante el alcalde para responder a la demanda interpuesta por el molinero y del mismo modo pedir al resto de socios, que pagasen el coste de las piedras que faltaban en el molino y las reparaciones que fueran precisas realizar. Esta misma persona reconocía que el molinero le había avisado con anterioridad del deterioro que estaba sufriendo el molino. En consecuencia pedió al juez que enviase a un oficial para que tomase nota de las reparaciones que fuesen necesarias realizar. El alcalde mandaba a una persona que avisó a todos los socios y les dio un plazo de 3 días para contestar. Todos respondieron afirmativamente pero pidieron que el molinero pagase lo correspondiente a los días que el molino estuvo funcionando.

El alcalde con las respuestas en la mano, nombraba a Pedro Arizmendi, como maestro carpintero que era, para que en un día tomase nota de las obras a realizar para que funcionase debidamente, pues de no cumplirlo actuaría en su contra. Era por cuenta de los beneficiarios, pagar lo correspondiente a sus participaciones en esa sociedad, Arizmendi preparó el listado de obras a realizar para evitar la ruina total del molino. En cuanto a costes, le comunicaba que una vez hechas las obras, los interesados debían nombrar a dos oficiales para que las valorasen.159 [159 BUA-AMB, signatura 05 C/029-09 las obras se hicieron de esta manera: Repararon una rueda que llaman “urtucon” nueva y otra vieja, hacer tres cajas nuevas para la harina que se guarda después de moler, echar la solera donde se ponen las piedras, reparar el suelo de la casa del molino, restituir las argamasas que están a punto de caer, construir e instalar una zapata nueva debajo del suelo para su seguridad, poner un poste nuevo al caballete del molino y ejecutar las guarniciones de las ruedas.]

Cuando el mismo Arizmendi hubo terminado con las reparaciones, el representante de Eguiguren, en nombre del resto de socios, pedía que las examinase el propio carpintero, y que cada socio pagase lo que le correspondiese, aunque Eguiguren abonase en principio la suma total. También mandó traer una piedra nueva comprada a Juan Iturri, a quien obligo a declarar, bajo juramento, el precio de su compra y los días que pasó acoplando la nueva y las otras tres, con la ayuda del molinero. El juez en vista de la petición, ordenaba a Pedro que en el plazo de tres días hiciese la valoración y a Iturri que le presentase su factura. Este declaraba que una piedra nueva para moler trigo la había comprado en el puerto de Alzola, por un precio de 13 ducados y 1 real, en ese precio entraba su transporte desde Deba a Alzola y el llevarla desde ese punto hasta el molino. Necesitó 10 días para acoplarla en el molino y arreglar las otras 3 que se rompieron al ser manipuladas, por ese trabajo pidió 5 ducados, también apuntó que el sueldo del molinero era de 18 reales, por haberle ayudado durante 6 días en ese trabajo de reparar y ensamblar las piedras en su asiento. Siendo el coste total de 239 reales. Por su parte el carpintero por su trabajo de cambiar madera y tabla en los trabajos relacionados con anterioridad, pasó un gasto de 162 reales.

Sin embargo, el molinero no estaba contento con la reparación por considerarla escasa ya que faltaba poner en condiciones las piedras de moler el mijo y su rueda “uztacon”. Tampoco se hallaba en las mejores condiciones el “uztacon” de la piedra de moler el trigo, por estar vieja y maltratada, así como el mazo para majar el lino y su compuerta para dar y quitar el agua, consideraba que esos trabajos eran imprescindibles para el buen funcionamiento del molino. Por ese motivo le pedía al alcalde que ordenase a los socios que esas labores se hiciesen en el menor plazo posible y mientras estuviese la piedra de mijo sin funcionar, le descontasen un tanto de la renta que tenía que pagar anualmente. Teniendo en cuenta que los socios pretendían que el mismo molinero les pagase media fanega de trigo por las reparaciones efectuadas y ordenadas por el propio alcalde, como juez de paz que era, le pedía que le librase de hacerlo y al mismo tiempo les obligase a pagarle el sueldo por haber ayudado en la colocación de las piedras y los 12 reales que le debían por haber limpiado las acequias.

Una vez recibida la petición del molinero, el alcalde ordenaba a los socios que en el plazo de 9 días, se hiciesen todas esas reparaciones, de lo contrario él mismo enviaría a la persona que lo ejecutase y estarían obligados a pagarle por su labor. Les daba 3 días de plazo para hacer alegaciones a este punto.

Los nuevos arreglos los realizó Antonio Zulaica que estuvo renovando y enderezando los hierros para que todas las piedras funcionasen correctamente Francisco Eguiguren, como socio mayoritario que era y persona encargada de realizar el arrendamiento y el encargado de pagar la totalidad de las obras, aunque después recibir lo correspondiente a cada socio, hubo alguno que no lo hizo. Ese fue el motivo de dirigirse de nuevo al alcalde, con la petición de ordenar un mandamiento ejecutivo contra Domingo Loyola por no haber abonado ni un solo real y contra María Sugadi, que solo había pagado una parte, deseaba que se les aplicase “el mandamiento de sacar prendas” ya que su deuda no llegaba a los 1.000 maravedís.

El alcalde decidió tomar cartas en el asunto y mandó que a Loyola se le interviniesen sus bienes y se los subastasen y si su valor no alcanzaba la cantidad que adeudaba, se le llevaría preso a la cárcel municipal. El alguacil se personó en su casa y Loyola puso como bienes a subastar, una pareja de bueyes y una cama con todo su ajuar, al mismo tiempo que indicaba que estaba preparado para abonar la cantidad que adeudaba, en un breve plazo de tiempo.160 [160 BUA-AMB, signatura 05 C/029-09.]

En el año 1631, Mariana Arana deseaba llevar las negociaciones con los propietarios de este molino de Apalategi. Esta cuestión le obligó a contar con el beneplácito de su marido Pedro Zubiaurre, quien le facilitó la correspondiente licencia y al mismo tiempo, ella tuvo que renunciar a las leyes que le pudiesen favorecer.

Una vez conseguido su propósito, realizaba el siguiente planteamiento a los propietarios: Juan Martínez Sumendiaga, Gregorio Albizuri, Domingo Loyola y María Sugadi, viuda de Andrés López de Cutuneguieta, en representación de su hija Mariana Cutuneguieta. Ella estaba dispuesta ha hacerse cargo del molino durante 2 años y a pagar por ello semanalmente, 35 libras de trigo bueno, limpio y seco. La entrega del cereal se llevaría a cabo, teniendo en cuenta la parte proporcional que le tocase a cada uno de ellos, de manera puntual y justa. A cambio el molino debería encontrarse durante ese tiempo, en perfectas condiciones de funcionamiento y bajo las reglas que normalmente eran seguidas en esta villa. Una vez al año se limpiarían las acequias a cuenta de los dueños. Si circunstancialmente hubiese que realizar reparaciones, que obligasen a parar el molino, la renta se seguiría aportando de la misma manera y sin poder pedir descuento alguno por ello. Pero una vez que se aceptaran las condiciones y se firmase, el molino estaría en perfecto estado y hasta que no se hallase de ese modo, no se pagaría la renta.

Al mismo tiempo les indicó que sería bueno, para ambas partes, que se acoplase un mazo con el que machacar el lino nuevo, “poniéndolo corriente y moliente”. Debería estar en marcha para el día de Pascua de Resurrección de ese mismo año. Las ganancias que produjese la labor de triturar el lino, se la repartirían y una mitad sería para quien lo trabajase, (el citado matrimonio), y la otra mitad se la adjudicarían entre los socios.

La mayoría de los porcioneros estuvieron de acuerdo en todas las normas que se plantearon y estuvieron dispuestos a abonar su parte correspondiente en el montaje del batán. La excepción era María Sugadi, que si bien estaba de acuerdo con lo referente al molino, no lo estaba en la puesta en marcha del mazo para el lino, aunque no se oponía a que sus socios lo instalasen, renunciaba a cobrar su parte de ganancias por ese concepto y de este modo la firma de todas las partes quedó plasmada.161 [161 AHPG-GPAH, 1-1014, folio 18.]

Los propietarios necesitaron reunirse en mayo de 1642 para tomar decisiones importantes con respecto al molino. En principio deseaban asegurar un nuevo contrato de arrendamiento con Pedro Zubiaurre y su esposa Mariana Arana, los que ya llevaban bastantes años viviendo en el molino y utilizándolo. Sin embargo fueron las averías surgidas, las que precipitaron la reunión, pues había que plasmar las actuaciones que se debían realizar para que este molino funcionase perfectamente. Con respecto al alquiler, consideraron que el matrimonio permaneciese durante otros 2 años más y que comenzaría a correr ese tiempo, desde la misma fecha en que se estaba efectuando la reunión. El precio que les impusieron fueron de 35 libras de trigo, del que llegaba al molino y que semanalmente, todos los viernes, los propietarios lo recogerían en el mismo molino para llevárselo a sus respectivas casas. Acordaron que durante ese periodo, no podrían ser expulsados, a no ser que les facilitasen otro de las mismas características, en la jurisdicción de Eibar y del gusto del matrimonio. Aunque ellos tampoco podrían abandonarlo ya que la renta tendría que ser abonada de la manera que se especificaba.

Con el arrendamiento solucionado, comenzaron a tratar el modo de hacer frente a las obras que se presentaron, admitieron que el retejo del molino, el picar las piedras, la reparación de la de la presa, las acequias y anteparas, serían por cuenta de los socios, pagando cada uno de ellos lo que le correspondiese por su participación en la sociedad que tenían montada, del mismo modo se tenían que encargar de la limpieza de las acequias, cuantas veces fuera necesario realizarla. Por su parte el matrimonio solo tenía la obligación de pagar la renta y ocuparse de transmitir a los propietarios las averías que pudiesen surgir, bien fueran forzosas o fortuitas. Mientras el molino no pudiese funcionar, la renta no se la cobrarían. Lo más urgente era reparar la presa y el mazo para el lino, ya que por ese motivo, cada socio se había descontado una semana de renta, de lo que le correspondía y era preciso subsanar esas deficiencias cuanto antes. Sin embargo, el matrimonio no podría excusarse en la escasez agua que se produjese en el verano, para que le rebajasen algo de la renta.

Una vez concluidos los 2 años pactados, se comprobaría si la utilización del molino había sido la correcta. Tanto Pedro como Mariana, que estaban presentes cuando se estaba redactando el contrato, afirmaron que lo habían entendido y que por ese motivo aceptaban su contenido.

Solo quedaba un asunto pendiente, el sorteo para repartirse entre los socios los meses en los que cobrar la renta del molino, que estaba distribuido en 10 partes y 7 de ellas le correspondían a Martín Sumendiaga y las otras 3 a partes iguales entre los otros 3 socios. Realizado el sorteo a Sumendiaga se le adjudicaron los cinco primeros meses, el sexto le tocaba a María Sugadi, que representaba a su hija, los otros dos siguientes al mismo Sumendiaga, el noveno para Andrés Albizuri y el último a Domingo Loyola. El resto del tiempo correspondía a la rebaja por no estar en marcha el molino, ni el mazo. Pero surgió una controversia, María Sugadi no estaba dispuesta a rebajar su parte, dado que pretendía ceder el tiempo que a ella le correspondió, es decir cinco semanas, para contratar los servicios de otro molinero que pagase lo estipulado por lo que el matrimonio Zubiaurre-Arana, durante ese periodo, debería sacar del molino su ropa y sus pertenencias. De este modo ella pagaría su parte proporcional de las obras como el resto, pero no percibiría la renta de Pedro y su mujer. Cuestión que el resto aceptó.

Como estaba pactado, Pedro y Mariana se mantuvieron en el molino durante los cinco primeros meses, por ser la parte que correspondía a Sumendiaga. Desde el día de Todos los Santos, le tocaba su turno a María y en el momento de entregarle la llave, para que la pusiese en manos de quien ella considerase oportuno y advertirle que el molino había quedado ya libre y que por lo tanto no tenían la obligación de pagarle la renta, la arrojo al suelo, momento en el que el matrimonio pidió que se levantase acta de lo ocurrido ante testigos. Estos afirmaron que estando presente María Sugadi, haber escuchado lo que Mariana le decía y que al ofrecerle la llave, le dijo que esa llave no era del molino de Apalategi y se la arrojó a los pies, entonces la cogió de nuevo Mariana y también la arrojo al suelo, donde se quedó sin querer recogerla ninguna de las dos mujeres.162 [162 AHPG-GPAH, 1-1022, folio 9.]

Llegado el momento de proceder con el arreglo de la presa, los propietarios se reunieron en la venta de Malzaga, con el maestro cantero y carpintero Cristóbal Echevarria, natural de Ermua, por considerar que era la persona idónea para realizar ese trabajo. El comienzo estaba previsto para el 5 de julio de 1643 y debería estar finalizado para la última semana del mes de agosto de ese mismo año. Una vez concluido el trabajo, les ofreció 2 años de garantía, como muestra de que la presa se iba a reparar con parámetros de seguridad. Aunque toda la obra sería examinada por dos expertos, nombrados por cada parte y se nombraría a un tercero en caso de discordia, tenían que indicar el costo total de las labores efectuadas. Todos los materiales se entregarían junto a la presa, evitando que Cristóbal dejase de trabajar por falta de esos componentes, ya que los plazos de ejecución había que cumplirlos, razón por la que podía ser sancionado.

Posteriormente se dedicaron a calcular el modo de realizar los pagos, estipulando en un principio, pasados 2 días de la firma, abonarían a cuenta 400 reales, al ser el mayor accionista Sumendiaga aportaría 220 de ellos, 40 más los abonaría María Sugadi y los 40 restantes Domingo Loyola. De la misma manera se le entregarían otros 400 reales en la última semana del mes de julio y una vez acabada y valorada por los expertos, de lo que faltase por entregar, se encargaría Gregorio Albizuri. Cuando todo estuviese pagado, sería el momento de hacer cuentas entre los socios para que su aportación fuese en consonancia con su participación en la sociedad.

Luego hubo un acuerdo entre Martín y Gregorio, puesto que si la cantidad del último abono fuese superior a lo que le correspondería a Gregorio, se lo cobraría de renta del molino que le tocase disfrutar a Martín. De proveer la cal y la piedra que se necesitase y de su transporte hasta el lugar indicado, era cuestión que tendría que resolver Martín. Tanto el transporte de la cal como el acoplamiento de las maderas en la presa, se sumarían a la cantidad total de gastos. Pero el reunir las piedras y de su transporte era un asunto que competía a Domingo Loyola y los clavos que se necesitasen los pondría Albizuri. Sin embargo el deshacer la vieja presa, de la limpieza de esa zona y de llevar la arena, serían trabajos para el maestro. Se revisó el contrato y todas las partes estuvieron de acuerdo con lo plasmado y estamparon su firma.163 [163 AHPG-GPAH, 1-1023, folio 325.]

Era el año 1655 cuando Domingo Olaburu enviaba una memoria para que actuase el alcalde, por los trabajos efectuados en este molino y en el monte, cortando y desbastando maderos, por orden de Juan Ansola, descontando el valor de diversos artículos que había percibido. En esa cuenta aparecían los 56 días que había invertido en arreglar el molino y el trabajo realizado en el monte, a un precio de 5 reales por día y los 2 días que Nicolás Galarraga había estado desbastando maderos, a 4 reales por día. Además de tres “mucheras” para el molino y otras cuestiones a 1 real. El total ascendía a 291 reales y lo que había percibido por los efectos eran 209 reales por lo que, según esa cuenta se le debía 82 reales.

El alcalde citaba a Juan Ibarguren, al que mandaba abonar la deuda adquirida, por lo que le daba un plazo de 3 días para presentarse y hacerla efectiva y caso de no hacerse así, se le llevaría preso. Este se quejaba del trato que había recibido, ya que no tenía noticia de esa cuenta, lo que denotaba la mala fe con la que había actuado Olaburu. Además había pedido una copia al secretario para comprobar que todos los asientos eran ciertos y poder defenderse de la acusación pero se la negaron por haber recibido orden del alcalde de no entregarla hasta que se efectuase el pago. Consideraba que era preciso suspender esa orden, hasta que se oyese a las dos partes para después se emitiese el veredicto que fuese de justicia. El juez, le daba un día más de plazo para que se revisasen las cuentas por ambas partes para llegar a un acuerdo.

Quedó demostrado que la deuda era menor de lo indicado en un principio, dándose por fin los 40 reales que se estimaron que debían.164 [164 BUA-AMB, signatura C/47-08.]

Elementos recuperados del desaparecido molino de Apalategi y colocados alrededor del viejo puente de Eltzartzaga reconstruido en la parte central de la rotonda de la carretera nacional 634 en Azitain. Foto: Koldo Lizarralde.

Diego Sarmiento extendió un poder para que Miguel Arizmendi llevase sus negocios en la villa de Eibar y el arrendador del año 1667 de la casa solar de Cutuneguieta Mendibelzu, apuntaba que le pertenecía la décima parte del molino Apalategi.165 [165 AHPG-GPAH, 1-1039, folio 200.] Este mismo año se produjo un nuevo arrendamiento en este molino, los socios que intervinieron en representación de todos ellos fueron: Domingo Sumendiaga y Francisco Loiola, deseaban que el contrato se efectuase por un periodo de 4 años, en el transcurso de este tiempo, se les abonaría semanalmente 40 libras de harina bien molida. Los que estuvieron de acuerdo con esta manera de proceder, fue el matrimonio compuesto por Santiago Arana y Pascuala Olazaga. Los socios se repartirían la renta por semanas, como así lo tenían establecido, recogerían el producto en el propio molino, para llevarlo a sus respectivos hogares. Con el arrendamiento hubo una serie de requisitos que ambas partes aceptaron. Sí durante el periodo descrito, el molino necesitase obras consideradas como mayores, era una cuestión que los propios socios tendrían que afrontar. Sin embargo, el matrimonio tendría que hacerse cargo de las cuestiones civiles como impuestos, reparar las piedras molares cuando fuese necesario y limpiar los canales periódicamente.

No obstante, en el caso que se produjesen lluvias torrenciales que dejasen los canales y la presa llenos de desperdicios, de modo que impidiesen el normal funcionamiento del molino, los socios se comprometieron a ayudarle.166 [166 AHPG-GPAH, 1-1881, folio 205.]

En 1703 la persona nombrada para cuidar los bienes del menor Martín Francisco Andonaegui Arriola, deseaba que su protegido tomara posesión de los bienes que le correspondían por vínculo, a partir del contrato matrimonial de su bisabuela Antonia Lasalde de 1633. Entre las propiedades que aportaba su bisabuelo Gregorio Albizuri, se encontraba la parte proporcional del molino Apalategi. Por lo cual, a partir de ese año de 1703 Andonaegui entró a formar como propietario de este molino.167 [167 AHPG-GPAH, 1-1699, folio 482.]

Se dio la circunstancia de haberse producido una donación en este molino, el 22 de mayo de 1734, Martín Francisco Maguna, necesitó presentar la dote para que su único hijo, Bartolomé Antonio, se casase con María Antonia Macazaga. Entre las propiedades aportadas se encontraba la cuarta parte del molino Apalategi, con sus derechos correspondientes, al mismo tiempo se plasmaron una serie de requisitos, la nueva pareja tenía que vivir en la casa del centro de Elgoibar habitada por la madre de ella, Josefa Magdalena Ibarzabal que había enviudado y su hermana Mariana, teniendo que hacerse cargo de la alimentación de ambas, además del sueldo y el sustento de la criada. Abonar, cuando llegas el momento, el dinero correspondiente al funeral y el entierro de ellas dos, si por cualquier circunstancia no pudiese convivir, ellas ocuparían el segundo piso de esa casa y tendrían su propia llave, se quedarían con la mitad del ajuar y las alhajas que en esa casa había. También podría suceder que la nueva pareja desease vivir en otra de las propiedades, entonces pagarían los gastos mencionados hasta que ambas falleciesen.168 [168 AHPG-GPAH, 1-1714, folio 158.]

Con el fin de repartirse los bienes que pertenecieron a Martín Francisco Andonaegui, entre los que se encontraba una parte de este molino, se reunieron un 18 de septiembre de 1759 en la casa torre Bidarte de Markina, Ana Luisa Andonaegui Arriola y el capitán Francisco Javier Murga, que lo hizo en representación de su esposa María Ignacia Andonaegui Zaldua.169 [169 AHPG-GPAH, 1-1699, folio 485.]

Un año después nos encontramos con una reclamación que le hicieron al molinero Juan Barrutia cuando era inquilino en este molino. Todo debió comenzar cuando permitió que su hija Ana María, durante 6 meses, aprendiera a coser y cortar vestidos en casa del elgoibarrés Sebastián Barrenechea, por el aprendizaje le reclamó 15 reales mensuales que Juan se negó a pagar, lo que le supuso ser juzgado y condenado a abonar los 90 reales y los gastos del juicio. Al no contar con el dinero suficiente para entregar esa cantidad, le embargaron diferentes bienes que tenía en el molino.

A pesar de todo, llegó a un acuerdo con Sebastián, el 20 de junio de ese mismo año para retrasar el pago hasta el 25 de diciembre y de ese modo poder recuperar los bienes embargados.170 [170 AHPG-GPAH, 1-1732, folio 47.]

Continuando con el relato de la vida de este molino, llegamos hasta el 21 de noviembre de 1762 y observar como el menor Domingo Loyola y Francisco Iraegui, se pusieron de acuerdo para conseguir un dinero de la capellanía fundada en la parroquia de San Andrés, por María Guisasola, lo que les llevó a tener que hipotecar varias propiedades entre las que se encontraba este molino.171 [171 AHPG-GPAH, H-269, folio 343v.]

Otro tanto hicieron el día 3 de septiembre de 1769, el menor Domingo Loyola y Andrés de Aguirre, pero en esta ocasión de la capellanía que en su día fundara en el santuario de Arrate, Domingo Iraegui. Al tener que hipotecar varios bienes, Loyola presentó la parte que le correspondía del molino de Apalategi.172 [172 AHPG-GPAH, H-269, folio 125.]

Este molino en 1774 estaba necesitado de realizar unas obras y mejoras para su buen funcionamiento y para no acabar arruinado. Sus propietarios entonces eran: Martín Antonio Maguna, vecino de Elgoibar, al que le pertenecía una cuarta parte, Juan Arteaga, de Deba, al que le correspondía la mitad, siendo la otra cuarta parte del propietario del caserío Loiola de Eibar. Entre ellos se pusieron de acuerdo para que fuese el socio mayoritario quien se hiciese cargo de la contratación de maestros y de las personas que fueran necesarias para efectuarlas, luego serían los expertos los que valorarían el trabajo.173 [173 AHPG-GPAH, 1-1714, folio 158.]

En julio de 1802 se procedió a subastar las obras que el Ayuntamiento deseaba acometer para encauzar una parte del río Ego, que comenzando en el molino de Apalategi llegaban hasta el humilladero de San Martín, (situado aguas arriba, muy cerca del molino Azitain), puesto que el río se desbordaba con frecuencia en ese tramo.174 [174 AHPG-GPAH, 1-1132, folio 10/08/1802.]

De este molino de Apalategi en 1810 quedaron como socios Agustín Loiola de Eibar y Juan María Arteaga de Deba, siendo sus inquilinos Juan Andrés Cruceta y Ana María Ormaechea, a cuenta de lo sucedido ese mismo año con la renta, se originó un pleito que enfrentó a ambos propietarios. Todo comenzó la víspera del día de la Concepción, en la fecha que tocaba pagar la renta, que le correspondía a Agustín, pero el matrimonio al no contar con el dinero suficiente, le propuso llegar a un acuerdo sobre el pago a cambio de unas yeguas que tenían sueltas por el monte. Aceptada la propuesta encargaron su tasación a Francisco Arana, vecino de Elgueta. Hecha la valoración a Agustín le correspondió una yegua con sus dos crías, las cuales se marcaron en presencia de Pedro Joaquín Ormaechea y una vez marcadas se dejaron de nuevo sueltas en el mismo monte.

Al día siguiente el vecino de Deba llamado Ramón Lazcano, con el permiso del otro socio, Juan Arteaga, el mismo día de la feria de ganado que se acostumbraba a celebrar en Eibar, echó mano a la yegua y a una de las crías, dirigiéndose con un caballo hacia la feria. En el camino se encontró, frente al caserío Azurza, con la persona que había realizado la tasación, quien le dijo: “esa yegua y su cría son de Agustín y están marcadas”, Lazcano no hizo caso y continuó su camino, pero se le avisó al alguacil quien le detuvo antes de llegar a la feria, le quitaron los animales y los soltaron de nuevo en el monte. Una vez que Lazcano pudo presentar el permiso para trasladar la yegua y sus dos crías hasta Deba, pudo realizar el encargo que le había sido encomendado. Por su parte Agustín Loyola, estaba indignado con su socio, por haberle presentado una querella ante el tribunal del Corregidor de Gipuzkoa, al retenerle los animales.175 [175 AHPG-GPAH, 1-1135, folio 05/05/1810.]

Sobre este molino el Marqués de Santa Cruz conservaba la décima parte y al vivir Madrid, emitió un poder el 13 de junio de 1872, para que Juana Galdeano Usabiaga, ejerciese como su administradora en la propiedad del molino de Apalategi. Esta a su vez, el 24 de julio de ese mismo año, se lo brindó a José Ibarzabal, quien se mostraba de acuerdo en que se le trasmitieran todos los accesorios, dependencias, entradas, salidas, derechos, usos y costumbres y de ese modo poderla disfrutar con total libertad.

El contrato se preparó para 5 años y se inició el primer día de noviembre para concluir un 30 de octubre de 1877. Llegada esa fecha, si ambas partes se mostraban de acuerdo para continuar, sería extensivo para otros 4 años, sin la necesidad de hacer un nuevo contrato por escrito. El arrendatario anualmente aportaría, todos los meses de noviembre, la cantidad de 20 pesetas y 75 céntimos. Pasarían a ser por cuenta del inquilino todas las costas y gastos judiciales derivados de la falta de pago o por el incumplimiento de alguna de las condiciones que se estaban plasmando en esta transacción. Los otorgantes consideraron que el precio estipulado era justo y por lo tanto renunciaban a cualquier revisión, aunque alguna ley les pudiese amparar. La administradora comprometió al marques, para no rescindir el contrato o modificarlo. En tales circunstancias, los presentes lo dieron por bueno y lo aceptaron.176 [176 AHPG-GPAH, 1-4781, folio 692.]

En la obra citada de Juan San Martín, se indica que este molino funcionó hasta 1960, siendo su último molinero Claudio Nazabal.

Matxaria

En la visita que realizamos el 25/03/1984, los vecinos de la calle Matxaria, nos informaron que el caserío Matxaria-Zahar había sido molino y que los Orbea lo transformaron en central eléctrica hacia 1924.

El día 12 de octubre de 1736, José Joaquín Ibarra y su mujer María Ventura Butrón, viuda de Salvador López de Ibarra, necesitaron del dinero que les ofrecía el cabildo parroquial y como garantía dejaban hipotecadas unas serie de propiedades, las casas que poseían en el barrio de Ardanza y otras como las que contaban con una fragua de herrero, situada junto a la muralla de la casa concejil y donde se hallaba el matadero municipal, en la calle que antiguamente denominaban Iparcale (Iparkale).

Pero a su vez ellos concedieron ese dinero a Josefa Elzarzaga y a su hija María Isabel Ibarra, para que atendiesen las necesidades del molino de Matxaria.177 [177 AHPG-GPAH, H-264, folio 203.]

De la Capellanía fundada por Juan Irarragorri, el día 15 de febrero de 1748, José Joaquín Ibarra conseguía el dinero que necesitaba, para lo que era primordial que dejase hipotecados varios de sus bienes, entre los que se encontraba este molino de Matxaria y su renta.178 [178 AHPG-GPAH, H-269, folio 103v.]

Este mismo propietario, pasados tres años, presentaba una denuncia ante las autoridades municipales, por la deuda dejada por los inquilinos que habían estado utilizando su molino. Era el matrimonio formado por José Aguirrebeña y María Bautista Narvaiza, implicando también en este asunto al matrimonio que en el contrato de arrendamiento había actuado como avalista, esto es Adrián Aguirrebeña y Ana Ibarbeña. Les reclamaba 235 reales y exponía que varias veces les había advertido que de no cumplir con lo pactado, actuaría de esta manera. Suplicaba a los ediles que despachasen un mandamiento ejecutivo por esa cantidad, además de la décima y costas que causasen estas actuaciones.

Presentada la demanda ante el juez competente de la villa de Eibar, éste emitía su veredicto y ordenaba que se les embargasen bienes muebles y, en su defecto, los raíces. En consecuencia se tendría que preparar un depósito con lo recogido y entregárselo a una persona lega y de confianza, para que lo cuidase mientras se procediese a su subasta y en caso que no entregasen los bienes por la cantidad solicitada, serían puestos en prisión en la cárcel municipal.

El encargado de realizar ese trabajo fue el jurado municipal Juan Olañeta, quien recopiló los bienes pertenecientes a José y Adrián Aguirrebeña por la cantidad adeudada los cuales eran: 1 casaca de paño de Segovia, valorada en 120 reales, 2 cerdos por un importe de 30 reales cada uno de ellos, 2 arcas con sus respectivas llaves y cerrajas que valían 4 ducados, 71 reales para entregarlos al depositario de las alhajas y una fanega de trigo valorada en 28 reales. Una vez requisados los bienes, se los entregaron al tesorero ocasional, Juan Andrés Larrañaga y “por seguridad se ataron con una cadena”. Luego le presentaron al fiador Adrián, un documento donde le comunicaban que iba a ser apresado y llevado a la cárcel de la villa por no entregar la fianza y éste les pedía tiempo, que en aquel momento no lo podía entregar pero que lo haría en breve y al alcalde le suplicaba que no le apremiara. El escribano le indicó lo marcado por la ley y que había que cumplir la ejecución. Entonces el alguacil le requirió repetidas veces que le acompañase para llevarle a la cárcel, pero él contestaba que estaba a punto de entregar la fianza, por lo que no firmó el documento.179 [179 BUA-AMB, C/084-07.]

Por herencia transmitida desde que se fundara el mayorazgo por Martín López de Ibarra en 1535, este molino perteneció a Juan Antonio Goicolea, quien en 1840 nombraba como herederas a sus nietas Cenona y Mariana Azcona Goicolea.180 [180 AHPG-GPAH, H-582, folio 62.]

Vista general del puente de Cacho o Katxoneko Zubia, construcción paralela al antiguo puente de Ardanza (1914). Kutxateka. Fondo Indalecio Ojanguren. Autor: Indalecio Ojanguren.

En 1913 la casa Orbea y Cia. enviaba un escrito de protesta al Ayuntamiento, quejándose de las obras que se estaban realizando en el cauce del río, ya que se estaba desviando de la corriente cierta cantidad de agua para luego introducirla en una tubería. Esa ejecución restaba capacidad a la que debería derivarse al molino. Alegaban que ese acoplamiento en la presa que no le correspondía, suponía una limitación al desagüe del arroyo de Matxaria y ellos consideraban que existía peligro de embalse, que podía perjudicar a sus propiedades.181 [181 Archivo Municipal de Eibar, C-7-5.]

En 1924 fue transformado en central eléctrica por los Orbea y en 1983 la fuerte riada derribó los restos del caserío Matxariazar, en el que se asentaba.

Txonta

Este molino viene referenciado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa del año 1917, al solicitar un aprovechamiento de agua. El 2 de marzo de ese año José Arbillaga, vecino de Azkoitia, pidió el suministro de 7 litros de agua por segundo del arroyo Txonta-erreka entre el molino Txonta-errota y la presa propiedad de Pedro Elguesua, utilizando el desnivel que allí se hallaba. Visitamos el lugar en 1984 y Julia Trocaola nos indicó que la familia Orozco fueron sus últimos molineros y que posiblemente habían pasado 100 años de haber funcionado como tal. Fue transformado en casa de vecinos con el nº 45 del barrio de Txonta.

Ezkaregi

Este molino utilizaba las aguas de dos regatas del barrio de Gorosta y se encontraba al lado del caserío Biriñao por encima de los caseríos Orbe y Ezkaregi que a su vez fue un molino eléctrico.

Este molino de Ezkaregi con sus dos pares de piedras estaba en perfectas condiciones de funcionamiento en el año 1729 y su propietario Martín Ezcareagui trataba de seguir arrendándolo, ya que Domingo Leturiondo terminaba su plazo. En esta ocasión se puso de acuerdo con Fernando Acha, a quien además del molino le ofreció unas pesas, la barra para elevar las piedras y otras herramientas necesarias, además de un terreno que poseía junto al molino. Su deseo era el de prolongarlo por espacio de 6 años, dando comienzo el día de Todos los Santos de ese mismo año. La renta supondría la entrega anual de 12 fanegas de trigo y 8 ducados. Fernando se mostró de acuerdo y aceptó con las cláusulas referentes a que mientras los pagos se hiciesen puntualmente, no se le podría obligar a abandonar el molino, pero que si lo dejaba voluntariamente, tendría que seguir pagando la renta como si lo estuviera utilizando hasta concluir el trato.182 [182 AHPG-GPAH, 1-1013, folio 170.]

El 25 de abril de 1733, su propietario Martín conseguía de la capellanía fundada por Sebastián Erviti, un dinero a censo con su correspondiente renta anual. Como era preceptivo necesitó de avalistas y él mismo hipotecaba el nuevo molino construido en el arroyo de Akondia, para el 7 de marzo de 1745 consiguió redimir a la mitad la fianza.183 [183 AHPG-GPAH, H-269, folio 288v.]

Apenas había pasado un año, cuando Martín acudía de nuevo a la misma capellanía instaurada en el Santuario de Arrate, como el modo más aceptable para conseguir el dinero que necesitaba. El nuevo molino, con sus piedras de moler, sus frutos y las rentas de la casa solar de Ezkaregi, eran pertenencias expuestas a una nueva hipoteca.184 [184 AHPG-GPAH, H-269, folio 289.]

Una serie de circunstancias hicieron que el propietario de este molino ingresara en la cárcel municipal de Eibar, debido a una serie de contratiempos que se precipitaron en dos contratos de arrendamiento que se efectuaron en 1741.

Por de pronto, el día 1 de marzo de ese año se preparó una escritura de arrendamiento para la casa solar de Ezkaregi y que fueran sus inquilinos Adrián Ibarzabal y su mujer Ignacia Larreategui. Con el dinero obtenido el propietario Martín Guisasola Ezcaraegui y su hijo Diego deseaban pagar la deuda contraída con José Zabala, con lo que el matrimonio se encargaría de facilitar durante los 2 años del contrato 26 fanegas y media de trigo, cantidad que se le descontaría del pago de la renta. Posteriormente este contrato quedaría anulado y sería el responsable de otro contratiempo.

Luego preparó otro contrato para el molino, un edificio para guardar ganado y los terrenos correspondientes, para José Aguirrebeña y su esposa María Bautista Narvaiza. Comenzaría el día de Todos los Santos de ese mismo año y finalizaría transcurridos 5 años. Entre los requisitos para entrar como molineros estaba el compromiso de descontar el primer año 6 fanegas de trigo y 91 reales que Martín le debía a Andrés Sologuen, un vecino de Placencia. Esa deuda se había producido por la venta de 3 bueyes y en vez de pagarle directamente Martín, llegaron al acuerdo de que fuese Aguirrebeña, el encargado de entregar el trigo y el dinero para el mes de agosto del siguiente año. Al hacerse cargo de esa deuda, supondría tener pagada la renta de ese primer año.185 [185 AHPG-GPAH, 1-3867, folio 59.] Pero los arrendatarios se echaron para atrás y no quisieron incorporarse a este molino, por no estar preparado para comenzar a trabajar.

Las cosas se precipitaron puesto que Adrián Ibarzabal no quiso llevar a cabo el compromiso de pagar a José Zabala, deseando verse libre de esa atadura y por ese motivo citó a Martín ante la justicia ordinaria, aspirando poder celebrar un juicio verbal, pero no acudió y ante su negativa a la rescisión del contrato, Ibarzabal pedió al alcalde que le enviase a la cárcel pública de la villa y así lo hizo un 11 de julio de 1741. Ese mismo día Martín presentó documentos acreditativos de su arraigo y la nobleza de sus bienes y entonces fue puesto en libertad. Al objeto de superar las diferencias creadas y alcanzar la paz y concordia entre todas las partes, 6 días después se dispuso de un ordenamiento con las reglas que todos estaban obligados a cumplir.

La primera cuestión tratada, fue la de preparar el contrato de arrendamiento para el molino, el edificio para el ganado y los terrenos que pertenecían a esas propiedades. El tiempo estipulado para esta ocasión fue de 3 años, por una renta de 13 fanegas y un cuarto de trigo y 100 tejas de las normales, que se utilizarían para reparar el tejado del molino. Antes de entrar al molino José Aguirrebeña y su esposa, entre Martín Guisasola y su hijo Diego, tenían que tener bien reparados los calces del molino, su presa, la antepara, el cubo y el retejo. Una vez aceptadas las condiciones por el matrimonio y estar conforme también su fiador, estuvieron de acuerdo en pagar esa renta a la persona que los dueños les propusieran.

El siguiente punto a tratar fue el arrendamiento correspondiente a la casa solar y en este punto Adrián Ibarzabal y su esposa, en esta ocasión consintieron en hacerse cargo de las deudas contraídas por el propietario con José Zabala y con Andrés Martínez de Sologuen, bajo los plazos ya pactados.186 [186 AHPG-GPAH, 1-1052, folio 154.]

Llegado el momento en el que Diego, hijo mayor de Martín Ezcaraegui y de María Iriondo, deseba contraer matrimonio con Francisca Antonia Guisasola Laspiur, por lo que en 1744, se preparó el correspondiente contrato matrimonial entre ambas familias, para que aportasen sus respectivas propiedades y bienes. Aprovechando la oportunidad que se nos brinda, en vez de señalar la totalidad de los regalos, solo citaremos los relacionados con la energía hidráulica. Los padres de Diego, señalaron que de los bienes vinculados para este pacto, ellos se reservaban la mitad hasta que falleciesen. Entre ellos se citaron la casa solar de Ezcaraegui y su molino.

Como obligación por haberlos adquirido, tendrían que pagar los gastos que produjesen las cargas funerarias, que se realizaban a personas de su poder adquisitivo.187 [187 AHPG-GPAH, 1-3868, folio 68.]

Cuando la mitad de este molino pertenecía a Martín Ezcaraegui y María Iriondo y la otra a su hijo Diego y a su nuera Francisca Antonia Guisasola, fueron los padres quienes en 1744 se pusieron de acuerdo con José Aguirrebeña, para arrendarle su mitad. Acordaron que fueran 6 los años del contrato que concluiría el año 1750. Por su parte le cobrarían anualmente 7 fanegas de trigo y le daban permiso para que pudiese tener el ganado que considerase oportuno, siempre que se encargase de su manutención. Como garantía de no echarse atrás en este arrendamiento, los pagos tenían que estar al día y por dejarle sin esa mitad de molino, le tenían que encontrar otro medio molino de las mismas características, pagarle las mejoras que hubiese realizado, además de los daños y perjuicios que de ello se derivasen.188 [188 AHPG-GPAH, 1-1054, folio 60.]

Pero este molino que se encontraba cerca del caserío del mismo nombre y que se alimentaba con las aguas de un riachuelo contiguo, mediado el año 1745, una de sus paredes se cayó y daba una imagen ruinosa. Sus propietarios, Martín y su hijo Diego, necesitaban imperiosamente que el molino funcionase en las mejores condiciones y de ese modo sacarle el rendimiento para el que había sido construido. Sin embargo el padre en aquellos momentos estaba pasando una mala racha y no podía hacer frente al desembolso que se le venía encima, para pagar los gastos que le correspondían. En cambio su hijo Diego, estaba en disposición de pagar la parte de ambos y en el futuro encargarse, por su cuenta, de las reparaciones que pudiesen surgir.

Esto supuso que Martín tuvo que dejar que su parte también la administrase su hijo, con el compromiso de no entrometerse en la manera de llevar las riendas del molino, Diego sería en adelante, el encargado de realizar los arrendamientos por el precio y el tiempo que considerase oportuno. No obstante, el primer año estaba obligado a pagar a su padre 6 fanegas de trigo y en años sucesivos anualmente 5 fanegas. Si por cualquier circunstancia, el molino dejase de funcionar para convertirlo en vivienda, padre e hijo se repartirían a partes iguales, todos los pertrechos, instrumentos, herramientas y ruedas para hacer con ellos lo que considerasen más oportuno.189 [189 AHPG-GPAH, 1-1054, folio 166.]

Pero la necesidad de conseguir un dinero con el que poder hacer frente a una serie de gastos que se le presentaron a Diego Ezcaraegui, hizo que el 4 de agosto de 1752, lo obtuviese bajo un préstamo que le facilitó el Capitán Francisco Xavier Murga, vecino de Markina. Esto significó el tener que presentar algunas de sus propiedades como garantía, entre las que hallamos al molino que se encontraba junto al caserío Ezcaraegui y que miraba hacia la parte de Arrate.190 [190 AHPG-GPAH, H-269, folio 156.]

En el año 1753 continuaba siendo el propietario Diego, pero el molino se encontraba en un deplorable estado por lo que consideraba que era el momento de hacer un trato para poder salvarlo y al mismo tiempo sacarle un rendimiento. Fue entonces cuando contactó con Juan Bautista Alberdi y se plantearon su acondicionamiento. Era necesario reparar la parte donde se asentaban las piedras, los rodetes y el cubo donde se almacenaba el agua. Bautista consideraba que en vez de utilizar piedra, daría mejor resultado la madera. Este molino que contaba con cuatro piedras para la molienda, el mismo Bautista podría dejarlas a su gusto, aumentar el número, desplazarlas de su sitio o incluso cambiarlas por otras mejores, pero bajo su responsabilidad y haciéndose cargo de los gastos. Era necesario habilitar la habitación apartada del cuarto de la maquinaría para cuando Bautista quisiese utilizarla. Todo el material que fuera necesario en la reparación del molino, las “azenias” (rodetes) cubo y demás, ya fuera con piedra o madera sería por cuenta de Bautista, menos dos castaños viejos y un roble que le facilitase Diego.

El acuerdo se llevó a cabo, para ello, durante 9 años Bautista percibiría la totalidad de las rentas que se consignasen, aunque éste a su vez entregaría anualmente a Diego 3 fanegas de trigo, solamente trigo, no valdría otro producto. Una vez finalizado el plazo, Bautista entregaría el molino en perfectas condiciones de funcionamiento, a juicio de dos expertos nombrados por cada una de las partes.191 [191 AHPG-GPAH, 1-1080, folio 135.]

El mismo Diego se comprometió con el menor Domingo Loyola y con su esposa Josefa Areta, a actuar como avalista, con otros más, en la consecución de un préstamo en 1754. Lo que significaba hipotecar el caserío Ezkaregi y su molino. De no hacer frente Loyola al compromiso adquirido, este molino corría un serio peligro, ya que podía ser utilizado para solventar la deuda.192 [192 AHPG-GPAH, H-269, folio 364.]

Era un 28 de octubre de 1755 cuando Diego Ezcaraegui Guisasola y su esposa Francisca Antonia Guisasola, necesitaron pedir un préstamo de 1.000 ducados a José Erviti, por cuya cantidad les pedía un rédito de un dos por ciento. Este deseaba que anualmente le abonasen 220 reales, hasta completar la deuda y que el primer plazo se hiciese efectivo en 1756. Circunstancia que les obligó a tener que hipotecar varias propiedades como garantía y nosotros destacaremos el molino de Ezkaregi, por ser los ingenios hidráulicos, el motivo de este trabajo.193 [193 AHPG-GPAH, 1-1082, folio 416.]

Recordemos que este molino se había hipotecado en contra de los bienes de Diego Ezcaraegui y a favor de José Erviti con los siguientes bienes: El caserío “Ychaso”194 [194 AHPG-GPAH, H-40269 A 0465.], el caserío principal de Ezkaregi y el molino de moler ceberas que utilizaba las aguas que bajaban de Akondia y Gorosta. Sin embargo el día 9 de julio de 1774, fecha en la que tenían que pagar los réditos, abonaron a Erviti los 800 ducados y faltaban por pagar 200 ducados del capital inicial, Erviti a su vez vendió ese censo a las religiosas del convento de Isasi, que quedaron como propietarias del mismo. El heredero Martín Guisasola pagó ese importe y algunos réditos el 15 de octubre de 1786, con lo cual quedó zanjada la deuda y las propiedades libres de la hipoteca.195 [195 AHPG-GPAH, 1-1110, folio 78.]

En un contrato matrimonial celebrado el 21 de diciembre de 1813, se declararon los bienes que pertenecían a Martín Guisasola Ezcaraegui. Entre ellos aparecen la casa solar de Ezkaregi, caserío “Ychaso”, la casa nueva conocida como Ezkaregi y el molino, fue un acto en el que Diego quiso declarar a su primogénito como su sucesor. Le cedió la mitad de los bienes relacionados, hasta que él mismo falleciese, a condición de dar como legitimas paternas y maternas, al resto de hermanos. Quedaba reflejado en ese acto, que las propiedades debían permanecer agregadas al vínculo de mayorazgo de Ezcaraegui, sin poder dividirlos, ni venderlos.196 [196 AHPG-GPAH, 1-1137, folio 21/12/1813.]

Siendo todavía menor Mateo Martín Guisasola en 1826 le pertenecían además del molino y el caserío “Ychaso”, el caserío Nevera, propiedades que necesitaron varios arreglos, por lo que fue preciso que su tío y tutor fuera el encargado de llevar a cabo las negociaciones para que esas obras se pudieran realizar.

Pero nosotros abordaremos las que se refieren al molino, que es el objeto de este trabajo. La primera determinación fue la de nombrar a la persona capacitada para reconocer el edifico, designar las obras que se deberían realizar y valorar ese trabajo para luego sacar a subasta su realización y designar un mejor postor. Esa responsabilidad recayó sobre el perito de Elgueta, Juan Angel Anguiozar.


Expediente para la traída de aguas de la regata de Escaregui. Año 1915. Archivo municipal de Eibar. Sig: C75. Sección C. Obras. Subsección. Aguas potables, regatas y alumbrado. Caja 7.

Habiendo reconocido el edificio, consideró oportuno hacer unas paredes nuevas para aumentar la parte que daba al Este y darle más anchura, colocar el piso de madera, hacer un tabique que separase la sala y acomodar una puerta y dos ventanas, condenar la ventana vieja de la habitación y abrir una nueva, además de colocar una puerta para esa habitación y el horno, preparar una escalera para la cuadra; construir un tejado nuevo y levantarlo en 4 pies (unos 122 cms.). Por su parte el menor contaba con 28 robles trasmochaderos debajo del caserío “Vizcarregui”, a disposición del que realizase la obra.

En los soportales de la casa consistorial de Eibar, se realizó la subasta y el que mejor propuesta hizo fue Pedro Mújica, vecino de Bergara, quien se comprometió a llevar a cabo la obra, del modo y manera descrita por el perito. Una vez concluida, tendría que ser de nuevo un perito, el encargado de revisarla y verificar que todo se había hecho bien y con buenos materiales.197 [197 AHPG-GPAH, 1-1150, folio 344.]

Cuando en 1830 todavía el propietario era menor de edad, su tío José Guisasola, como tutor, fue el encargado de pagar las obras que se realizaron en el molino y en los otros dos caseríos, a la persona que por subasta había conseguido ser el mejor postor, Pedro Mújica.198 [198 AHPG-GPAH, 1-1154, folio 125.]

Años más tarde, en una permuta de caseríos que deseaban realizar José Emma-nuel Emparan y Marco Martín Guisasola Ezcaraegui, en el año 1842, surgieron diferencias sobre la legitimidad de los documentos aportados para la consecución del cambio. Como garantía de que sus documentos se hallaban en regla, Guisasola hipotecaba entre otras propiedades los caseríos a canjear y este molino.199 [199 AHPG-GPAH, H-582, folio 72v.]

Pasamos de siglo para comprobar como en el año 1913, le llegaría a afectar a este molino, los acuerdos tomados en el Ayuntamiento, cuando puso en conocimiento del vecindario las obras que se iban a realizar al objeto de captar aguas de las regatas: “Azconabieta”, Intxaurkorta, Gorosta y de los manantiales; Altzua, Pagolaiturri, y “Berrechinaga” y estimó como suficientes 15 días para poder poner objeciones al plan. Este proyecto afectaba directamente al molino que tenía por ley, adjudicadas las aguas para su funcionamiento. Al mismo tiempo el Ayuntamiento envió un escrito al ministro de fomento, solicitando la concesión de 20 litros por segundo de las agua que procedían del monte Pagola, con las regatas Gorostaerreka y “Chirigota erreka”.

Aguas que deseaban conducirlas hasta un lavadero público para el servicio gratuito del vecindario, recogiendo esas aguas más abajo del molino Ezkaregi, partiendo de una conducción de agua de 2.480 metros, con tubería de fundición con un diámetro interior de 150mm.

En tales circunstancias, fue necesario montar una reunión entre la propietaria y el consistorio municipal, a ella acudieron Manuela Anzaga Loidi, por ser la dueña tras el fallecimiento de su marido Pedro Guisasola y como representante municipal se personó el armero Agustín Irazabalbeitia Goenaga. Comenzaron las conversaciones y Manuela le demostró que a ella por ley le pertenecía el aprovechamiento de esas aguas que se utilizaban como fuerza motriz para su molino, pero que también las tenía adjudicadas para regar sus propiedades sitas en el mismo valle de Gorosta. Considerando que la utilización de esas aguas iban a ser para el bien común, estaba dispuesta a vender ese derecho, el delegado estuvo conforme con el planteamiento, le recordó que, como consecuencia de la transacción el molino y los terrenos, perdían todos sus derechos sobre el agua en cuestión.

Por una Real Orden del 21 de octubre de 1914, al Ayuntamiento se le concedió la facultad de poder conducir las aguas del molino hasta el depósito de “Urkuxua”.

Pasados 2 años, hasta el Ayuntamiento llegó la queja del molinero José Leceta Lascurain, motivada por las obras que se estaban ejecutando en esos terrenos, pues consideraba que había que profundizar más el alojamiento de la tubería, puesto que en temporadas de muchas lluvias podía ponerla al aire, con el perjuicio que ello po-dría acarrear para todos, les suplicó que se le diera una solución al asunto. Reunidos los ediles dispusieron que, se le advirtiese al director de esa obra el argumento esgrimido por el vecino para que actuase en consecuencia.

Un nuevo planteamiento sobre la conducción de esta agua apareció en 1917, cuando el Ayuntamiento pedió la modificación del trazado anterior que llegaba hasta el depósito de “Urkuxua”. Se deseaba acoplar una nueva tubería a ese depósito, que fuese de un interior de 20 centímetros para alargarla hasta el nuevo depósito que estaba proyectado construir en Urkidi.

Un año más tarde, los ediles enviaron una delegación con el fin de visitar y emitir una propuesta sobre el estado en el que había quedado la toma de agua construida para recoger las aguas que vertía el molino. Su primera objeción fue dirigida a la presa construida para la toma, que la encontraron insuficiente para retener el agua que fluía del molino cuando estaba en funcionamiento. Pudieron observar que cuando una de las turbinas del molino funcionaba, la nueva toma comenzaba a desbordarse a los 18 minutos y el resto del tiempo se estaba desperdiciando mucho agua, y que cuando funcionaban las dos turbinas, suponía una doble evacuación de agua en el mismo tiempo. Además advirtieron que en la época de estiaje el funcionamiento de las paradas del molino podrían continuar durante más de 3 horas, por lo que era conveniente construir un depósito con la misma capacidad o más, que la del molino.200 [200 Archivo Municipal Eibar, Carpeta C-7-5.]

Lo último que conocemos de este molino es que el año 1980 las aguas que lo alimentaban, fueron aprovechadas para suministrarla a la población.

Irunabe

Con el objetivo de analizar este molino, damos una serie de datos para situarlo. Al fallecer Martín Aizpiri, que había estado casado con Mariana Osoro Irunaga, se abrió y se procedió a dar lectura a su testamento en 1701 y entre sus pertenencias aparecía el molino de Irunaga, en el arroyo de Saturio y en terrenos de la casa solar de Irunaga.201 [201 AHPG-GPAH, 1-1684, folio 353.] Debido a esta circunstancia, esta propiedad pasaba a manos del mayorazgo Pedro Aizpiri. Después de heredar esa propiedad a Pedro Aizpiri, se le ocurrió construir un nuevo molino en el año 1721, en la misma regata donde estaba el de Irunaga-errota, pero un poco más abajo y en la margen contraria, por lo que territorialmente pertenecería a la localidad de Eibar, aunque después fuese considerado como de Elgoibar.

Una vez construido, como es lógico pensar, necesitó levantar una presa y desviar ese agua hacia el cubo de su nuevo molino y al mismo tiempo recoger el agua que el molino antiguo vertía después de cada molienda. Pero esta presa la construyó junto a un terreno que pertenecía a Pedro Osoro Crucelaegui, quien consideraba que esa obra le perjudicaba ostensiblemente y que a nada que lloviese, su heredad iba a quedar completamente anegada, por ello pidió explicaciones a Aizpiri y le suplicó que la hiciese más arriba, donde también poseía terrenos, pues de ese modo no le causaría estropicio alguno. Ante su negativa a escucharle, optó por poner la correspondiente denuncia en el Ayuntamiento.

Cuando los representantes de la Justicia local pidieron explicaciones por su actitud, Aizpiri les hizo saber que Osoro a su vez tendría que dejar libre el cauce del arroyo que llegaba hasta su molino de Osoro, ya que Pedro había construido un muro en el curso del arroyo, justo al paso de sus terrenos con la intención de perjudicarle notablemente.

Por su parte él reconocía que había construido un molino por debajo del antiguo, pero en terreno propio, motivo por el cual había tenido que levantar a base de piedras sueltas y terrones de tierra una pequeña presa, que como consecuencia de esa obra cortaba el agua del arroyo y tocaba una esquina del terreno de Pedro Osoro.

Dado el enfrentamiento, no cabía otra posibilidad más, que el entendimiento o el dictamen de la justicia con sus largos procesos. Después de reflexionar sobre el caso, ambas partes consideraron más certero llegar al acuerdo y decidieron hacer un trueque, Osoro le cedía ese terreno en cuestión, a cambio de un manzanal que Aizpiri tenía junto a terrenos del caserío Legarda, en el paraje denominado “Jausoro”. Después nombraron a sus representantes con el fin de llevar a cabo las negociaciones, y esos expertos fueron los que tomaron la decisión de señalar los terrenos del trueque.202 [202 AHPG-GPAH, 1-1630, fecha 28/07/1721.]

Como certificado de la pertenencia de este molino a la villa armera, nos hacemos eco de un testamento que se produjo al fallecer Pedro Aizpiri, en 1741 y después en 1744 murió su esposa María Arguiriano, fecha en la que su yerno Domingo Arriola, casado con la hija mayor, que al carecer de hijos era la mayorazga, pidió la apertura del testamento. En uno de sus apartados se indica que el molino nuevo se hallaba en jurisdicción de Eibar.

Siendo propietarios de este molino Domingo Arriola Azcarate y Mariana Josefa Aizpiri en 1748, decidieron arrendarlo y se lo ofrecieron a Ignacio Aizpiri, quien aceptó la propuesta de que fuera por 9 años. En el transcurso del cual estaba de acuerdo en abonarles 27 fanegas de trigo al año como renta, al carecer de esa cantidad de trigo para el día 1 de noviembre de cada año, tendría que abonarles 22 reales por cada fanega que faltase. También adquirió el compromiso de crear un vivero con 200 plantíos de robles, en el periodo del contrato. En el momento de la firma, se le entregaron tres vacas con sus correspondientes crías y otra vaca sin ella, además de una becerra. Era una costumbre muy arraigada en la localidad, que los animales que se entregaban en los contratos de arrendamiento, se repartían las ganancias a medías entre ambas partes y en este caso se procedió de igual manera. Sin embargo le llegaron a advertir que, en caso de hacerse una casa nueva en alguno de los dos molinos de Irunaga, o que se agregasen más tierras a este arrendamiento, habría que renovarlo y crear nuevas condiciones.203 [203 AHPG-GPAH, 1-1720, folio 82.]

Es preciso mencionar que cuando se producía un arrendamiento de este molino, en fechas que nos ocupan, se arrendaban los dos a la vez. Como prueba de ello, tenemos el contrato que se produjo en 1758, cuando Miguel Arriola Aizpiri llevaba las negociaciones para que Francisco Eguiguren y Catalina Badiola, utilizasen los dos molinos durante 9 años. El precio estipulado en aquella ocasión fue de 27 fanegas de trigo, que deberían entregar cada mes de agosto, con la promesa de entregar primero todo aquel trigo que recogiesen en las propiedades de Irunaga, una vez deducidos los diezmos y primicias que había que entregar a la parroquia. El trigo que faltase para completar la renta, se pagaría con dinero y en la festividad de Todos los Santos, computándose 2 ducados por cada fanega, aunque ese trigo valiese más o menos. Luego se les recordó que debían entregar la mitad de la manzana que se recogiese en los manzanales que pertenecían a ambos molinos. Sin olvidarse de poner en manos del propietario los dos capones por Navidad. Por su parte el propietario les daría toda la “chervia” que fuera necesaria para que cuidasen un vivero de árboles que allí había.

También Arriola les dejó dos vacas preñadas, una becerra y otra becerrilla, cuyos animales debían cuidar para luego repartirse, tanto las pérdidas como las ganancias. En una palabra, el matrimonio se comprometió a cuidar tanto de los molinos como de los terrenos y animales, para que no se estropeasen y de este modo, durante el tiempo del contrato no les pudiese privar de esas propiedades.204 [204 AHPG-GPAH, 1-1698, folio 56.]

Para el año 1765, Miguel Arriola para aumentar su hacienda compró tres porciones de terrenos. Esto no tendría mucha importancia para nuestra investigación a no ser porque el pago de esos terrenos, lo comprometió a base de ir reintegrando una cantidad al año, con parte de la renta de los molinos de Irunaga que en aquellas fechas abonaba Francisco Eguiguren.205 [205 AHPG-GPAH, 1-1705, folio 199.]

Dadas las circunstancias, debemos tener en cuenta que Miguel Arriola Aizpiri, había heredado los dos molinos de su padre Domingo, como hijo único que era, estaba dispuesto que cuando Miguel falleciese, pasaría a manos de su hijo mayor Juan Domingo. Al hacer un recuento de las propiedades que esta familia tenía, se citan los dos molinos situados en el arroyo de Saturio y sus correspondientes propiedades, ubicados uno en la jurisdicción de Elgoibar y el otro en la de Eibar. En 1783, estaba cuidando de ellos como inquilino Francisco Ondarza, al que también le habían entregado ganado. Se trataba de una yunta de vacas con sus correspondientes crías, ocho ovejas y ocho corderos.206 [206 AHPG-GPAH, 1-1764, folio 25.]

No debemos olvidar la aportación de este molino a los diezmos y primicias, que en definitiva eran pagos que se efectuaban para el sustento de los beneficiados de la parroquia de San Bartolomé y que en 1820, fue de 8 almudes de trigo y 3/4 de cesta “sin zurrón” de maíz.207 [207 APE-EPA, Carpeta nº-6.]

Pasados 6 años observamos como propietario a José Manuel Iralagoitia, que tenía problemas económicos y ante el deterioro que sufría el molino, Roque y Pedro Osoro, padre e hijo, le propusieron hacer las obras que fuesen necesarias para dejar en perfectas condiciones el edificio, bajo el compromiso de llevar a un experto para que las valorase. A cambio le pidieron la cesión de los terrenos y manejar el molino hasta que el propietario pagase una renta anual, que consistía en 10 fanegas de trigo y 20 ducados, la totalidad del importe de las obras. De no abonar ese producto y el dinero durante dos años consecutivos, el molino y sus terrenos pasarían a manos de Roque y Pedro Osoro.

Con la premisa de no comenzar las obras hasta que el inquilino que, entonces estaba en el molino, Lorenzo Arrieta no finalizase su contrato de arrendamiento.208 [208 AHPG-GPAH, 1-1811, folio 85.]

Las obras que comenzaron en los dos edificios en 1831 y fueron valoradas en 1835 por el experto (maestro agrimensor) Juan Bautista Ansola.209 [209 AHPG-GPAH, 1-1840, folio 28.

En aquellas obras se tuvieron que renovar los tejados, colocando un “gallur, las goyaras y las zapatas nuevas” para luego poner tejas nuevas y usadas, al mismo tiempo se repararon las paredes y un horno que había en el molino antiguo, también se pusieron tablas nuevas en los pesebres para la harina y en los encajonamientos de las piedras de molares. Se hicieron dos rodetes de madera nuevos, con sortijas de hierro y usos para el molino de arriba, se llevaron tres piedras de moler nuevas, cuatro quicios nuevos, uno de acero y los otros tres de bronce para los dos molinos y un rodete nuevo de madera para el molino de abajo o nuevo, además de otras obras que también se hicieron.]

Hecha la valoración, fue el propio Domingo Iralagoitia quien recordó como en un documento de 1838, su cuñado Pedro Osoro, encima de haber hecho las obras, le había prestado un dinero para que pudiese pagar su contribución a la primera Guerra Carlista y al mismo tiempo poder atender a las primeras necesidades de su familia. En consecuencia reconoció los favores que Pedro Osoro le había dispensado, después de haber renunciado al derecho de quedarse con el molino y sus terrenos, por no haber pagado la parte que se había comprometido, durante más de dos años consecutivos. En consideración a sus atenciones desde esa fecha le dejaba el molino para que pudiese moler y al mismo tiempo se comprometió a pagarle una cantidad anual hasta finiquitar el empréstito que había reconocido y de no hacerlo, en esta ocasión, Osoro se quedaría definitivamente con el molino y los terrenos.210 [210 AHPG-GPAH, 1-1840, folio 28.]

Solo habían pasado 3 años cuando se produjo el fallecimiento de Domingo Iralagoitia, en consecuencia los compromisos que tenían entre los cuñados quedaron anulados y pasó a ser el propietario del molino y de los terrenos, su hijo Blas Iralagoitia, quien tomó la determinación de arrendárselo a su tío Pedro Osoro por 9 años.

La renta impuesta fue de 10 fanegas de trigo al año, ambos aceptaron el acuerdo y de ese modo Osoro podía subarrendarlo a otra persona por la renta que considerase oportuno. El arrendamiento comenzaría el año 1842 y la renta de 1841 se la perdo-naba por el afecto que dispensó a su padre. En adelante todas aquellas obras que fuesen necesarias realizar en el molino, serían por cuenta de Pedro Osoro, así como el pago de las contribuciones, quedando sin efecto todos aquellos pactos que hasta aquella fecha existieron con el molino de Irunaga y quedando zanjadas y liquidadas todas las cuentas.211 [211 AHPG-GPAH, 1-1843, folio 91.]

Barrenetxea

Estaba situado en la zona de Arrate, barriada de Arizmendi, a la derecha del riachuelo Zaturio y aguas abajo del molino de Irunabe.

Por un censo redimible que mandó fundar Inés Zubelzu en la iglesia parroquial de San Andrés, sabemos que en 1761 Martín Unceta Barrenechea, pidió un dinero por lo que necesitó dar garantía de que se iba a pagar y para ello hipotecó el caserío Barrenetxe y el molino que “nuevamente se ha fabricado” en el término de Zaturio.212 [212 AHPG-GPAH, H-581, folio 04/11/1761.] Esta hipoteca nos demuestra que, su construcción pudo haberse dado en la segunda mitad del siglo XVIII.

El mismo Martín que era la persona que había ordenado la construcción de su molino, en un momento dado, necesitó dinero y lo consiguió de las religiosas del convento de Isasi el 26 de julio de 1770 y como seguridad de que la devolución del crédito y de sus intereses sería efectiva, puso como garantía, entre otros bienes, este molino de nueva construcción. La totalidad del dinero adquirido y sus intereses debían quedar zanjados para el día 11 de marzo de 1801.213 [213 AHPG-GPAH, H-269, folio 18 v.]

De una capellanía fundada por Andrés Espilla y María Bautista Liborna, conseguía un dinero Martín Barrenechea y como garantía de pago en febrero de 1773, depositaba el molino que había construido en el término llamado “Arzubiaga”, en la barriada de Arizmendi.214 [214 AHPG-GPAH, H-581, folio 19/02/1773.]

Otro documento presentado en 1774, relaciona a este molino con una hipoteca.

En esa fecha Juan Andrés Aguirre Azaldegui, era menor de edad por no llegar a los 25 años pero mayor de los 20, siendo propietario de la casa y terrenos de “Azaldegui” y de la pequeña casa “Naguiorbe” y sus propiedades. Estaba casado, pero sus padres hacía años que habían fallecido y al ser menor de edad, contaba con una persona que cuidaba de sus propiedades, al que se le denominaba curador, y que en esta ocasión se trataba de Martín Unceta Barrenechea. Estos inmuebles estaban gravados por una deuda contraída con las religiosas del convento de Isasi, para saldar ese compromiso, vendieron “Naguiorbe” y pidieron un crédito que terminarían pagando sus sucesores. En consecuencia hubo que presentar garantías de que el capital y sus réditos se abonarían de la manera señalada en la escritura, si Juan Andrés hipotecó sus propiedades, Martín reconoció el compromiso al que se abocaba y gravó entre otras propiedades, su casa solar de Barrenetxe situada en el valle de Arizmendi de Eibar, con su nuevo molino fabricado en el término de “Arzubiaga”.215 [215 AHPG-GPAH, 1-1098, folio 266.]

Este mismo Martín el 16 de julio de 1777, conseguió un dinero de la Capellanía donde Fernando Espilla era su patrono y capellán. Como consecuencia del dinero adquirido, hipotecó su molino y otras propiedades, algunas en territorio de Elgoibar.216 [216 AHPG-GPAH, H-269, folio 457.]

Pasados unos años actuó como avalista de Sebastián Erviti, por el compromiso que había adquirido en 1787 para la construcción de nuevos caminos que diesen acceso al molino que el propio Erviti había construido en el término de Galartza. Martín admitió tener que poner como garantía el molino que él mismo había construido en el término de “Arzubiaga”, perteneciente a la villa de Eibar y colindante con la de Elgoibar por el arroyo de Saturixo.217 [217 AHPG-GPAH, H-581, folio 89v.]

Arizpe Soraen

Este molino estaba situado en el barrio de Aginaga, junto a los caseríos Orbesoaren, Etxekoa y Gorostiaga. Utilizaba las aguas de los riachuelos Altzerreka y Orberreka.

Después de desviada el agua por la presa “presia” en el río, pasa por el canal “kanala” y llega a la antepara o depósito “aldaparoa” de un molino harinero de río. Foto: Koldo Lizarralde.

Aunque este molino le pertenecía a Antonia Arispe, su marido Martín Arriaga, fue quien preparó un contrato de arrendamiento que fue diseñado para hacerlo durante 6 años. Como era costumbre muy arraigada, comenzaría el día de Todos los Santos de 1697. La persona escogida para hacerlo funcionar fue el molinero Juan Mintegui, que a sus vez, también era vecino del barrio eibarrés de Aginaga. Estaba dispuesto a pagar 30 ducados anuales, a condición de que si los abonaba correctamente, no se le podría despedir del molino, por mucho que le quisieran aumentar la renta otras personas, incluso aunque le pagaran de menos. Como contrapartida, él tampoco debería abandonarlo, ya que la renta se la cobrarían como estaba previsto, hasta la conclusión del trato. También se pusieron de acuerdo para que las averías importantes fueran por cuenta de los propietarios, y las consideradas como menores, fuera el propio molinero quien se encargase de realizarlas. Las dos partes admitieron que Mintegui pudiese utilizar los terrenos que pertenecían al molino y el matrimonio le prometió que para el día de San Miguel, tendría preparada y arreglada con cerradura la habitación que en el mismo edificio había y que estaba necesitando una reparación.218 [218 AHPG-GPAH, 1-1047, folio 80.]

Siendo el propietario Juan Arriaga, en noviembre de 1727, contrató los servicios de Juan Bautista Iñarra, para que en el plazo de 4 meses, acondicionase debidamente la antepara de este molino, trabajo que necesariamente iba a ser revisado por expertos en la materia, para que de ese modo pudiesen dar su visto bueno o por el contrario se realizasen la modificaciones que ellos considerasen oportunas y su nombramiento lo efectuarían cada una de las partes. El propietario estaba obligado a facilitar, a pie de obra, los materiales de cantería que se necesitasen, además de proporcionar la “colomadura” necesaria para que se pudiese ajustar perfectamente y de ese modo no sufriera deterioro la antepara. El pago de la obra se efectuaría por medio de la renta que producía el propio molino, sin que en ello interviniese el cabildo parroquial, hasta su total satisfacción.

Pero el acuerdo no llegaba, mientras Arriaga propugnó que la obra no se había realizado de la mejor manera, Iñarra sostenía que ya estaba acabada y que lo único que faltaba era que pagase lo que se le debía. Ante tal tesitura, al alcalde no le quedó más remedio que nombrar a Domingo Abaria, como maestro arquitecto natural de Ordizia, para evaluar el trabajo realizado, emitir sus conclusiones y presentarlas al propio alcalde. Abaria aceptó el nombramiento y su decisión fue comunicada a las dos partes y ambos dieron su conformidad a la designación propuesta.

En su visita al molino al objeto de verificar lo realizado en la obra de cantería, determinó que se apreciaba un defecto considerable en la fachada delantera y que se debía a no haber puesto, en su momento, la “colomadura” necesaria por parte del dueño y estimaba que por ese motivo no era un defecto achacable al oficial, ya que el resto de la obra estaba bien acabada. Por lo tanto, consideraba que la mejor manera de darle una solución, era que Iñarra pusiese remedio al defecto sin cobrar por su trabajo y que fuesen los peritos los encargados de dar el visto bueno y garantizar ese trabajo después de haber pasado un año. Al propietario le tocaba pagar y suministrar todos los materiales que necesitase a pie de obra, que deberían estar preparados para cuando diese comienzo la obra y que Iñarra o quien fuese contratado, realizase su trabajo con la delicadeza y precisión necesarias para que esa pared no volviese a “respirar” (perder agua).

Antes de continuar con el relato sobre lo acaecido con esta obra, nos detenemos en diciembre de 1728, cuando el matrimonio compuesto por Juan Arriaga y María Berincua, recibieron de manos del cabildo parroquial, 300 ducados de plata, con el compromiso de abonar anualmente 9 ducados. Como seguridad de que ellos o sus sucesores cumplirían con la obligación adquirida, hipotecaron la casa solar de Arizpe Soraen y su molino. Mientras no se cancelase la deuda, no se podían volver a gravar esos bienes, ni venderlos o cederlos.219 [219 AHPG-GPAH, 1-1071, folio 233.]

Continuamos con la obra, ya que después de finalizarla, Iñarra falleció y Arriaga no estaba de acuerdo con el trabajo realizado en su antepara. Por ese motivo en 1729, envió un escrito al alcalde y presentó a la vez, el contrato firmado por ambos. Según afirmaba, él ya había hecho entrega de los materiales necesarios, la “colomadura” y clavos, del modo que rezaba en el contrato, pero no estaba de acuerdo con lo ejecutado y pidió que los expertos fuesen los que emitieran su parecer, pues consideraba que se detectaban grandes defectos en su realización. Del mismo modo que le notificaba que se había enterado que la viuda pretendía que no se realizase la venta del molino hasta que se hiciese el pago correspondiente. Ese era otro de los motivos por el que suplicaba el nombramiento de expertos que, si al realizar el reconocimiento estuviesen de acuerdo con lo efectuado, se pagaría su valor, pero habiendo defectos, se realizarían las modificaciones necesarias a cuenta de la viuda de Iñarra.

Piedra de molino en la que se aprecian los rayones “arri kanala” necesarios para que se produzca la molienda del cereal. Foto: Koldo Lizarralde.

En esa fecha Arriaga extendió un poder notarial, para que Manuel Izaguirre le representase en el pleito contra la viuda Angela Alzaga, por la entrega de la obra, ante la justicia ordinaria de esta villa. Reclamaba, que Angela llevaba muchos días con los papeles del pleito en su poder y sin responder, por lo que pedió al tribunal que emitiese un auto obligándole a presentar sus alegaciones. La justicia le dio un plazo de 3 días para presentarse, con aviso de apremio.

A esa notificación, Angela Alzaga respondió que la demanda que le había puesto Arriaga, se debía al supuesto compromiso adquirido por su marido para la reparación de la antepara y los defectos aparecidos, insistiendo que ella retenía las rentas del molino hasta que se pagase la totalidad del trabajo realizado. Estaba convencida que la única intención del propietario, era la de lograr que el pago se cancelase, que los arreglos fuesen por cuenta de la propia Angela y además le correspondiese realizar la entrega de los arreglos. En consecuencia pedía el amparo de tribunal para que se le permitiese continuar cobrando la deuda de las rentas del molino y no permitir al dueño, el levantamiento del embargo de las rentas. Les recordaba la contratación del técnico Abaria, quien reconoció la obra y opinó que el defecto detectado se debía a la escasez de material y nunca por un trabajo deficiente del oficial que intervino en la obra y que aunque dijese que sería conveniente que su marido rematase el defecto sin cobrar, no significaba la obligatoriedad de hacerlo. Por ese motivo consideraba que no era su deber realizarla a sus expensas.

El representante Manuel Izaguirre, nombrado por el propietario, contestó a esas consideraciones diciendo cómo la parte contraria reconocía que existía un defecto por la obra realizada y que la causa se debía a la falta de material, estaba convencido que su representado había entregado los materiales a pie de obra, para que Iñarra realizase su trabajo y que al persistir el defecto después de haber sobrepasado el plazo estipulado, no era de recibo que se le continuase incautando las rentas. Proponía que para proceder a la resolución del caso, ellos nombraban al maestro cantero Juan Erdoira y que la parte contraria designaban a otro experto para determinar, de una vez por todas, lo que ambos considerasen oportuno y mientras tanto no se produjese la incautación.

Vistas las alegaciones, se dictaminó que Angela, en el plazo de 3 días a la notificación, estaba obligada a nombrar a su experto, para que de ese modo y en compañía del nombrado por Arriaga, examinasen la obra ejecutada por su marido. Esa notificación la recibió el 16 de marzo de 1730. Entonces ella nombró como su representante al maestro cantero y arquitecto Zeledón Echavarría.

Pasaba el tiempo y no se indicaba una fecha concreta para realizar el reconocimiento y entonces Angela se dirigió al tribunal para comunicarle que ya se había producido la contratación de su experto, pero que pasaba el tiempo y el dueño no tenía intención de solucionar el caso. Estaba convencida que el propietario solo deseaba dilatar el tiempo para no pagar lo que le debía y por ese motivo suplicaba que se señalase el día para realizar la investigación. Dadas las circunstancias se dictaminó que para el miércoles 24 de mayo de 1730 se presentasen todos en el molino y el que faltase, tendría que abonar el costo de otro maestro, que el propio tribunal nombrase. La notificación para ambas partes llegó el día 20, mostrando su conformidad con lo decretado.

Sin embargo el representante del empresario pedía un cambio de perito, ya que el anteriormente nombrado por ser vecino de Durango, teniendo en cuenta la distancia existente hasta el molino y otros inconvenientes, no podía acudir el día señalado.

Por ese motivo pedían que se admitiese al maestro cantero Domingo Surasibar para que asistiera con el de la parte contraria, el día concretado.

El secretario a fin de llevar a cabo la labor encomendada, salió de Eibar sobre las 7 de la mañana para dirigirse al molino de Arizpe, situado en el barrio de Aguinaga, que se hallaba a una distancia mayor de una legua, por un mal camino. Llegaba después de haber transitado durante más de 2 horas y de inmediato preguntaba a Miguel Suinaga por los expertos y el molinero le contestaba, que solo había llegado Zeledón y relataba que no les quedó más remedio que esperar a que llegase el otro, que lo hizo sobre las 14,00 horas.

Tras la exploración, indicaron que Angela, en cumplimiento de la obligación contraída por su esposo para reparar el defecto que padecía la fachada delantera de la antepara, tenía realizarla a su costa y que Arriaga le suministrase 2 carros de cal. Una vez finalizada la restauración, debería dejarse secando durante 2 días y sin que entrase agua en el depósito. Por esa parada, no se le podía pedir a Angela indemnización alguna. Sin embargo se le obligaba a entregarla a satisfacción de expertos de la manera acostumbrada, con 1 año y 1 día de garantía. Los derechos del escribano se pagarían a medias, por medio de la renta del molino. Luego el secretario solicitó a Suinaga como inquilino del molino, el pago de los derechos con lo que produjese la renta, quien contestó que así lo haría.220 [220 BUA-AMB, signatura 05 C/074-15.]

Se hicieron los arreglos necesarios, sin embargo el pago de las obras seguía pendiente y en 1732 se reunieron el propio Arriaga con Angela, para determinar el modo de proceder y cancelar de una vez por todas esa deuda. La suma pendiente ascendió a 879 reales, la viuda estuvo dispuesta a rebajarle 25 ducados, si se comprometía a pagarle los 604 reales que quedaban. El propietario aceptó la oferta y se comprometió a entregarle anualmente 2 fanegas de trigo y otras 2 de maíz, al precio que estipulase el mercado en cada momento y hasta dar por finiquitada la deuda contraída. El primer pago lo realizaría el día de Todos los Santos de ese mismo año.221 [221 AHPG-GPAH, 1-1073, folio 64.]

Los constantes créditos a los que accedió el matrimonio compuesto por Martín Arriaga y Antonia Arispe Soraen, fueron el detonante para que la economía familiar se resintiese hasta tal punto, que a sus herederos no les quedó más remedio que vender el molino y otras propiedades en el año 1737 para de ese modo atajar las deudas. Los vendedores fueron Juan Arriaga y su esposa María Urizar que representaron a sus hermanos y el comprador Andrés Orbe Larreategui Inquisidor General y Arzobispo de Valencia al que representó su hermano Francisco Antonio. La venta se produjo por la deuda adquirida por los padres debido a unos censos sacados de la parroquia de San Andrés de Eibar. Además de este molino, en el paquete de venta entraba un terreno donde se sembraba el trigo, un castañal amojonado muy poblado de castaños, árboles de distintas clases y otras propiedades. Todo hubo que valorarlo y los expertos tasadores Pedro Uribe de Abadiano y Juan Martín Luzurume de Ermua, fueron los contratados. Al valor de lo aportado, 2.000 ducados hubo que descontar 400 ducados, por el costo de las obras de reparación que fueron necesarias realizar en el molino, para que funcionase perfectamente y de ese modo se pudiese arrendar. Ese dinero lo recibieron los vendedores de manos del hermano del nuevo propietario, por lo que a su vez fue necesario extender un certificado de haber cobrado lo acordado.222 [222 AHPG-GPAH, H-581, folio 319v.] Están son los últimos datos que se han localizado sobre este molino.

Errotatxo

Molino situado en el barrio de Aguinaga, en el lugar donde se cruzan la carretera de Izua a Markina con la que se dirige al centro del barrio y utilizaba las aguas de la regata Agiñaga y de las de Altzerreka y Orberreka.

Hay noticias de que este molino era propiedad del marques de Valdespina, José Joaquín Orbe, al llevarse a cabo la medición de un terreno de monte argomal de “Errotachoburu” del valle de Aguinaga, que lindaba con el molino Errotatxo, para sacarlo a pública subasta en el año 1809, el molinero de este molino Martín Cigorraga, participó por encargo de José María Orbe.223 [223 AHPG-GPAH, 1-1127, folio 35.] Aunque se llegaron a apagar los cuatro “cavitos” (cerilla de vela) que se encendieron como de costumbre, incluso un quinto al que denominaban “el mudo”, no apareció un mejor postor y por ese motivo Cigorraga conseguió el argomal que le habían encargado y se lo entregaron en 1810.224 [224 AHPG-GPAH, H-581, folio 182.]

Según el censo oficial de 1890, su último molinero fue Martín Cigorraga y su postrera molienda en 1978.

Zubiaga

Molino que se encontraba en el barrio de Aginaga y se alimentaba con las aguas de las mismas regatas que el Errotatxo y estaba situado a su derecha a 200 metros aguas abajo del Errotatxo.

Posiblemente la construcción de este molino comenzase el año 1757, dado que su propietario Andrés Uberuaga Zumaran, el 31 de agosto de ese mismo año, actuaba como avalista del menor de edad Lucas Iturrao, que era quien había sacado un censo de la parroquia de San Andrés de Eibar, por lo que se precisaba que tanto el interesado como su fiador, pusiesen los medios adecuados para garantizar esos pagos, lo que les obligaba a tener que hipotecar sus propiedades. En ese trato Andrés permitió que su nuevo molino denominado de Zubiaga fuese una garantía de pago como lo habían precisado y con el edificio entraban sus obras realizadas por canteros y carpinteros, su presa, anteparas, compuertas y calces.225 [225 AHPG-GPAH, H-269, folio 375v.] En definitiva el nuevo molino comenzaba su andadura con una hipoteca.

Consta otra hipoteca para este molino fechada el 16 de junio de 1758, por haber recibido, su propietario Andrés, dinero de Ignacio Pagaegui y que debería devolver en el plazo estipulado.226 [226 AHPG-GPAH, H-581, folio 288.]

La historia del molino de Zubiaga de Aginaga continuaba y en 1759, su propietario Andrés Uberuaga necesitó dinero para pagar las obras de su construcción. Ante tal tesitura, pidió ayuda al capellán de la capellanía fundada en la parroquia de San Miguel de Aginaga, por Juan Suinaga y su esposa Magdalena Arispe, quien le proporcionó el dinero justo para pagar las obras de carpintería y cantería del nuevo molino. A cambio, Andrés necesitó contar con la colaboración de su amigo y avalista Bartolomé Bergara Asua, los dos tuvieron que hipotecar varias propiedades que asegurasen la devolución con los intereses de un 3%, lo estipulado en aquellas fechas en la pragmática real. Por su parte Andrés hipotecó el caserío Zumaran que era su vivienda habitual, el caserío Zubiaga y el nuevo molino. Bartolomé, el caserío “Asua” y también los terrenos de ambos propietarios. Esta circunstancia les obligaba a que mientras no se pagase la deuda, ni ellos, ni sus herederos podían vender ninguna de las propiedades marcadas.227 [227 AHPG-GPAH, 1-1086, folio 113.]

Otra nueva hipoteca se cierne sobre este molino el 27 de octubre de 1765, cuando de nuevo su propietario Andrés Uberuaga, se presentó como avalista de Andrés y Miguel Orbea, padre e hijo, al necesitar dinero que les proporcionaron las religiosas del convento de Isasi. Por una parte estaban las propiedades hipotecadas por los Orbea, unas en Bizkaia y otras en Eibar. Luego compareció Uberuaga para poner a disposición de ese contrato y dejar como garantía de pago, sus dos caseríos y el nuevo molino.228 [228 AHPG-GPAH, H-269, folio 427v.]

Sobre el 11 de noviembre de 1788, Andrés Uberuaga como parte interesada en sacar a censo un dinero de la ermita San Román de Zelarte, situada en el mismo valle de Aginaga, contaba con la colaboración de su fiador Miguel Guisasola Garagarza. Ambos se comprometieron a redimir ese crédito y mientras no se cancelase, abonarían un interés anual del 3%. Como garantía de que el pago sería efectivo cada uno de ellos hipotecó parte de sus bienes y mientras tanto Andrés presentó este molino y su casa solar de Zumaran, Miguel puso como caución, su casa solar de Aginaga.229 [229 AHPG-GPAH, 1-1111, folio 384.]

El propietario de este molino continuaba siendo Andrés Uberuaga y cuando en 1789 estaba renovando su caserío de Zumaran, necesitó la ayuda monetaria de un vecino de Mallabia de nombre Martín Mallabia, quien estuvo dispuesto a prestarle 300 ducados, pero se los tenía que devolver pasados 5 años, además de pagarle 9 ducados anuales por el avío. De no hacerlo en el plazo indicado se ejecutarían las propiedades que anotaron, entre las que se encontraba el nuevo molino de Zubiaga.230 [230 AHPG-GPAH, H-581, folio 121.]

Esta misma persona, utilizando de nuevo como avalista al mismo Miguel Guisasola, sacó un censo a favor de la parroquia de San Miguel de Aguinaga, dinero que se obtenía de los aniversarios y misas perpetuas, que en esa iglesia se rezaban. Su propósito fue el de entregar anualmente 33 reales y un 4% de interés, préstamo que comenzaría a pagar en diciembre de 1791, hasta completar la deuda adquirida. Una vez más a este molino se le adjudicó la misión de servir como garantía de pago.231 [231 AHPG-GPAH, 1-1113, folio 65.]

Después fue Juan Uberuaga quien, con el consentimiento de su suegro Juan Garita-Celaya, el 27 de agosto de 1796, necesitó conseguir un dinero al que le aplicaron un 3% de interés, para entregárselo a Juan Aramburu y a su mujer María Brígida Garita-Celaya. Esta circunstancia le obligó a tener que hipotecar varias de sus propiedades y las adquiridas por su matrimonio con Margarita Garita-Celaya. Entre las propiedades consignadas, se hallaban los dos caseríos y su molino.232 [232 AHPG-GPAH, H-581, folio 156.]

En otra de las ocasiones Juan Uberuaga actuó como avalista de Martín Bascaran, quien en enero de 1804, necesitó el dinero que se lo facilitó Miguel Azpiri. Por este motivo necesitó hipotecar su molino situado en Barinaga y Juan el suyo de Zubiaga.233 [233 AHPG-GPAH, H-581, folio 291.]

Además de las hipotecas, en 1816 existió una denuncia interpuesta por Juan Amesti y Juan Bautista Acha Albizuri, aunque los hechos comenzaron un 24 de febrero de 1801. En esa acusación pidieron que Uberuaga abandonase la mitad del caserío Zumaran y dejase libre este molino, pues deseaban que se preparara una subasta al objeto de arrendar ambas propiedades, a fin de hacer frente a varios plazos que ya habían vencido y otros que estaban por llegar.

Como hemos apuntado, el relato de los hechos comenzaban ese día de 1801, cuando Juan Uberuaga, ante la justicia ordinaria de la villa, entregó uno de los plazos a los que había sido sometido por deudas adquiridas y que estaba solventando gracias a lo que producía su mayorazgo con el caserío Zumaran y este molino, con sus respectivas propiedades. Pero necesitaba presentar un avalista que ofreciera garantías de que los pagos anuales de 100 ducados, se realizarían en dos plazos, uno el 24 de junio y el otro el 24 de diciembre hasta completar el pago total, la persona dispuesta a ejercer como tal, fue su inquilino en el caserío, Valentín Astigarraga. Ese dinero lo tenía que entregar al que entonces era el depositario del concurso de acreedores Juan Bautista Bascaran, quien además tenía la potestad de despojarle del molino que era donde él habitaba y al fiador del caserío. De ese modo se podría conseguir nuevos inquilinos para ambos edificios e ir cobrándose la deuda.

Pero el 24 de noviembre de 1813, Uberuaga y Astigarraga se enzarzaron en un pleito por el que el inquilino tuvo que dejar libre el caserío y éste a su vez revocó su compromiso de avalista, pero antes necesitó contar con la aprobación del que entonces era el depositario de las rentas por el concurso de acreedores, José Joaquín Aretio, a cambio de que se presentasen nuevos fiadores. Se consiguieron esas personas que en adelante sometieran sus bienes con la esperanza de que Urberuaga no fallase en los pagos, los nuevos avalistas fueron Juan Amesti y Juan Bautista Acha Albizuri, pero pronto surgieron problemas entre ellos, dado que nada más comenzar a ejercer esa función, Juan Amesti entregó el dinero que se debía por el plazo de junio de 1812.

Al haberse constituido como fiadores en el momento que Uberuaga debía tres plazos, no estaban de acuerdo en el modelo adoptado para pagar la contribución municipal, ya que lo habían hecho a cambio de unos terrenos. Los plazos anuales llegaban y como no les hacía frente, los avalistas convencidos de que llegaría el momento que ellos no tendrían más remedio que abonarlos, “puesto que en vez de pagarlos, vendía cuanto podía, se dedicaba a holgazanear y a dilapidar sus bienes, en perjuicio de su mujer y de los 8 hijos que con ellatenía”. Por todo ello, pidieron al tribunal que había llegado el momento de quitarle la mitad del caserío Zumaran, del que estaban gozando Uberuaga y su mujer con todos sus pertenecidos, consideraban que de ese modo se podía responder a la obligación y al pago de los atrasos, por ese motivo pedían que se desocupase y a la vez dejase libre el molino. De ese modo el tribunal podía nombrar al experto que pusiese el justiprecio para sacar a subasta el arrendamiento y con lo que se obtuviese, se pagase la obligación y el sobrante se utilizase para abonar los atrasos.

También estaban convencidos que los helechales traspasados a la villa, era un fraude para los acreedores y por ese motivo pedía al tribunal que lo considerase como nulo así como todo lo vendido desde 1813 en adelante. En ausencia del alcalde, el teniente alcalde ejerciendo las labores de juez ordinario, notificaba a Uberuaga la petición ejercida por sus avalistas y éste a su vez se daba por enterado el día 10 de julio de 1816.

De nuevo uno de sus fiadores Juan Amesti, argumentó otro modo de cobrar, pidió al juez que pusiese en depósito sus bienes y le obligasen a desalojar el caserío, a fin de cubrir con ello sus obligaciones, ya que pasaban los días y no llegaba la resolución y lo único que se estaba consiguiendo era dilatar y entorpecer el curso de la causa, mientras Uberuaga, se aprovechaba de los productos del caserío. Por ese motivo solicitó que los frutos como trigo, maíz, castaña y otros, se los retuviesen y para ello se nombrase a la persona que hiciese el listado y los guardase, para que con su venta se les pudiese ir pagando lo que se les debía.

El juez ordenaba que había que comunicarle la concesión de un plazo de 3 días, para que Urberuaga presentase sus alegaciones a los hechos presentados por la parte contraria. En día 24 de julio de 1816, recibió la advertencia y se dio por enterado.

Acto seguido presentó unos recibos de haber sido abonados por él mismo, los pagos de 1811, otro de 1812 y un tercero de 1813 que los realizó con una parte en dinero y el resto por medio de 1 fanega de trigo y otra de maíz. Le indicó al juez que estaba convencido de que Amesti no era el verdadero demandante, si no que actuaba por indicación de su propia mujer Margarita Garitacelaya, a la vez cuñada de Amesti. Al haberse basado la demanda en el impago de sus compromisos, los recibos mostraban lo contrario y el juramento del administrador de haberlos recibido, así lo atestiguaba. Al mismo tiempo pensaba que había sido incitado y que la petición de abandonar el molino era una venganza de su mujer, después de haber salido Margarita “avergonzada de una causa criminal, negra, fea, imprudente y escandalosa”, interpuesta contra él, su propio marido, pretendiendo dejar libre el molino, para montar allí su habitación, como si no tuviese libertad para estar en la que tenía en el caserío Zumaran. Por los motivos expuestos, suplicó al tribunal, que después de haber presentado los recibos de los pagos realizados a José Joaquín, se le absolviese de esta demanda puesta por Amesti, imponiéndole el perpetuo silencio sobre este asunto y el pago de costas. Presentados los recibos, el juez dictaminó comunicar a la otra parte lo sucedido.234 [234 BUA-AMB, signatura 05 C/113-03.]

El mismo Juan Urberuaga, ante la necesidad de conseguir dinero para atender a las urgencias que le acechaban, en noviembre de 1818, preparó un arrendamiento para este molino, bajo una serie de condiciones para Miguel Azpiri. Este contrato que debía finalizar en 1827, se le adelantó el total del dinero que debía percibir, 450 ducados y Juan en ese acuerdo aceptó que ya los había recibido. Como garantía de que el trato se cumpliría de la forma acordada, hipotecó el ganado vacuno de su caserío de Zumaran.235 [235 AHPG-GPAH, H-581, folio 345v.]

Al fallecer Miguel Azpiri, su viuda Magdalena Apoita en 1820 reclamó un dinero que debía percibir por la renta del molino Zubiaga. Según contaba la viuda, Juan Urberuaga Zumaran debía a su marido cierta cantidad de dinero, que Juan aceptaba ser cierta y que estaba dispuesto a cancelarla en el transcurso de 9 años. Ambos se personaron ante un escribano para determinar que ese dinero lo cobraría con la renta del molino Zubiaga. El primer año no hubo pegas y la viuda cobró ese dinero, de mano del inquilino del molino, pero para cuando tenía que cobrar el segundo plazo, se personaron otros acreedores, que impidieron que cobrase. En vista de lo sucedido, a Magdalena Apoita no le quedó mas remedio que extender un poder para que su yerno, José Martín Ibarra, demandase a Juan y al mismo tiempo presentase el documento en el que se indicaba que ella, debía cobrar la deuda por medio de la renta del molino y que al mismo tiempo se opusiera a que los demás acreedores interviniesen en las rentas que afectaban al molino.236 [236 AHPG-GPAH, 1-1148, folio 65v.]

Como estaba previsto Urberuaga se presentó ante el escribano para realizar un nuevo contrato de arrendamiento, con el que poder pagar la deuda que había ocasionado. Lo hizo con Domingo Aranoa, que vivía en el mismo barrio de Aginaga y que iba a ser la persona a la que arrendar este molino y un pequeño castañal. El plazo venía determinado por el tiempo que fuera necesario para pagarle a Magdalena Apoita, los 353 ducados. Este comenzaría el día 1 de noviembre por una renta anual de 8 fanegas de trigo y 28 ducados y bajo los parámetros que dejaron articulados.

Domingo tendría que entregar a la viuda y en su casa, el trigo todos los meses de agosto que fuesen necesarios y una semana antes de comenzar el mes de noviembre el dinero, como pago de los 50 ducados que el propietario se había comprometido a pagar anualmente, contando con el precio del trigo en ese mes, de no cubrir con ello la cantidad acordada, el propietario abonaría lo que faltase y de sobrepasarla cobraría.

Además de esa renta, mientras durase el arrendamiento, el colono tenía que abonar la oblada y la cera correspondiente a la sepultura que pertenecía a este molino en la iglesia de Aguinaga. Además de entregar al dueño 2 pollas en los meses de agosto y 2 capones para la época de navidades, en contrapartida se le recompensaría con 2 carros de buena leña.

Las obras de consideración que precisase el molino, como podía ser la piedra molar nueva, paredes y otras, serían por cuenta del propietario. En cambio Aranoa se ocuparía de todas aquellas averías consideradas como menores; el hacer las galletas, picar las piedras y otras de esa apreciación, pero recibiendo el material necesario, como hasta entonces había sido costumbre. También el propietario le dejaba los helechales y argomales pertenecientes al molino. Con respecto al dinero que Aranoa le había prestado Urberuaga, lo cobraría a partir de la renta del año siguiente a la finalización de la deuda con Magdalena.237 [237 AHPG-GPAH, 1-1143, folio 17/10/1820.]

Sin embargo, fueron tantas las deudas que había adquirido el matrimonio Juan Uberuaga Zumaran y Margarita Garitacelaya, que en el año 1821 no quedó más remedio que hacer frente a esa situación y esta pasaba por entregar la mayoría de esas propiedades a su hijo primogénito Juan Andrés238 [238 BUA-AMB, C/127-77.]. Las deudas por obligaciones censales, que reclamaban eran 11 entre entidades eclesiásticas y particulares. Así como deudas de diferentes cantidades con 25 personas. Esto dio motivo a una reunión entre acreedores y familiares para tomar una determinación. Consideraron como mejor método, el que anualmente se destinase un dinero para hacer frente a una de las deudas y sortear la lista de cobros, que comenzarían a recibir a partir de 1821 y calcularon que para 1835, estaría cerrada. Celebrado el sorteo, todos estuvieron de acuerdo en cobrar de esa manera y era una buena solución para que el matrimonio en su vejez pudiese vivir con desahogo. Ellos a su vez accedieron a que su hijo mayor, se quedase con la mitad del caserío Zumaran, con sus propiedades y con el molino de Zubiaga, pero bajo una serie de condiciones: El hijo comenzaría desde el día 1 de noviembre a ser el responsable de las propiedades, la mitad del caserío Zumaran, para que pudiese comenzar a labrar las tierras, por su cuenta y riesgo, o incluso lograr arrendarlas. Para la festividad de San Juan de junio siguiente, había que dividir el caserío en dos partes, con una se quedaría él y con la otra sus padres, que tendrían la posibilidad de escoger la que ellos considerasen oportuno, también se les adjudicó 18 árboles y entre ellos 2 nogales, la mitad de la herramienta para labrar que se manejaba con el ganado, 1 par de layas, 2 azadas y 1 arca usada.

Desde ese día pudo comenzar a explotar por su cuenta, el molino de Zubiaga y sus propiedades, para poder arrendarlo a la persona que considerase oportuno y por la renta que más le conviniese. Al estar la mitad del caserío ocupado por Nicolás Aguirregomezcorta, fue Juan Andrés el encargado de cobrar la renta, se consideró que de ese modo podía hacer frente a los gastos que se le venían encima, por el pago a los acreedores. Como había un terreno que pertenecía al molino, sus padres le entregaron, solo este año, 2 fanegas de trigo.

Cuando falleciese uno de los miembros del matrimonio de Juan y Margarita, el otro seguiría gozando de esa mitad del caserío, mientras viviese, al fallecer los dos, además de costear los sufragios el hijo mayor se tenía que ocupar de sus hermanos menores de edad, José María y Águeda Juliana, a quienes tenía que cuidar y vestir hasta que cada uno de ellos alcanzase los 12 años. El resto de hermanos hasta el número de 7, que quedasen imposibilitados por la falta de los padres, los tendría que recoger y mantener en su casa. Todos ellos participarían en la herencia y cada uno de ellos cobraría 50 ducados. Si cualquiera de ellos falleciese antes de casarse o adquirir la mayoría de edad, con ese dinero pagaría sus sufragios.

Pescante, instrumento especial para dar la vuelta a la piedra volandera y de ese modo poder picarla o cambiarla. Foto: Koldo Lizarralde.

Estaba previsto que el hijo mayor pagase todo lo acordado en la cuenta formada por los acreedores, con la premisa de que al aparecer cualquier otra cuenta aparte, no se haría cargo y lo tendrían que hacer sus padres. Siempre y cuando, no cumpliese año a año con lo pactado, los acreedores tenían la libertad de contratar a los colonos que considerasen oportuno tanto en el caserío, como en el molino. Aprovechó este mismo acto para renovar el contrato de arrendamiento, de su parte del caserío, con Nicolás Aguirregomezcorta por 4 años más.239 [239 AHPG-GPAH, 1-1144, folio 49.]

Siendo Juan Andrés Urberuaga mayor de los 25 años, en 1824, actuó como fiador de Manuel Acha que había conseguido un censo. Al ser el avalista, necesitó poner sus propias propiedades como garantía de pago y de nuevo este molino aparecía entre los bienes expuestos.240 [240 AHPG-GPAH, H-581, folio 355v.]

Al haberse fundado un censo a favor del caserío y del molino, por herencia pasaron a manos de Domingo Guisasola Oregui, María Antonia Acha Urberuaga, María Josefa Urberuaga Zumaran y Miguel Acha y estos a su vez en agosto de 1826 se lo vendieron a las monjas de la Purísima Concepción de María de la villa de Eibar por 400 ducados y se lo repartieron a partes iguales.241 [241 AHPG-GPAH, 1-1150, folio 357.]

Siendo propietario de este molino Juan Andrés Zumaran, había necesitado que dos prestamistas le diesen un dinero para hacer frente a los gastos que le ocasionaban su familia y sus propiedades. Fue en 1844 cuando decidió el modo de devolver ese dinero con la renta del molino que José Guisasola como molinero disfrutaba.

Reunidos los cuatro, aceptaron que esa renta pasase directamente a los logreros de manos del molinero, con un aumento anual del 3% hasta completar el pago. Ese arrendamiento constaba de 8 fanegas de trigo, limpio y de buena calidad que se daba cada mes de agosto, más 120 reales por Navidad.242 [242 AHPG-GPAH, 1-1846, folio 344.]

Los constantes préstamos sacados a cambio de hipotecar el molino por la familia Urberuaga Zumaran, hizo que este pasase a manos de otra persona. Para conocer los acontecimientos que se precipitaron, es necesario situarnos en enero de 1852. En ese año Juan Benito Zumaran, cedía a su hermana Juana Luisa, la mitad del caserío Zumaran y este molino, con la posibilidad de una retroventa, pero llegado el momento, estaba autorizada a vender.

En Abril de 1856, contrajeron matrimonio Francisco Antonio Guisasola y Juana Luisa Zumaran, bajo el correspondiente contrato matrimonial. Ello les supuso adquirir el compromiso de atender a los padres de la mujer y a la abuela, además de entregarle anualmente a Juan Benito Zumaran, mientras la abuela viviese, 2 fanegas de trigo.243 [243 AHPG-GPAH, 1-4661, folio 9.]

Fue Malzaga uno de los puntos donde se reunieron Juan Benito Zumaran y José Antonio Guisasola un 15 de noviembre de ese mismo año, para proceder a una transación que iba a repercutir en este molino. En ese acto, el escribano tomó nota del trato por el que Juan Benito, vendió a José Antonio, la mitad del caserío Zumaran y unos terrenos ubicados en el mismo valle, de ese modo se consiguió el dinero suficiente, con el que solventar los censos que recaían sobre la finca y el molino de Zubiaga y dejarlos libres de toda carga.244 [244 AHPG-GPAH, 1-4661, folio 5.]

En el mismo punto de Malzaga, se juntaron Juan Benito Zumaran y José Antonio Guisasola, con el prestamista Cándido Areitio, un 8 de enero de 1858. Zumaran certificó que al haber sacado el juzgado de primera instancia a remate público, a indicación de los acreedores de su padre Juan Andrés, varias de sus propiedades, se vio en la necesidad de adquirir el caserío Zumaran con sus terrenos y el molino de Zubiaga, cuestión que le apremiaba, dadas sus obligaciones. Esa fue la razón de la tertulia, pues consideraba que era la persona que le podía garantizar los 40.000 reales que necesitaba y Guisasola actuaría como su fiador, ellos estaban dispuestos a devolverle esa cantidad en 6 años y pagarle por ello un interés anual del 4 %. Como garantía de cobro le ofrecieron la mitad del caserío y el molino, además de varios terrenos.245 [245 AHPG-GPAH, 1-4661, folio 12.]

Juan Benito Zumaran emprendía un viaje hacia los países de ultramar y para defender sus derechos y posesiones nombró a dos apoderados, Rafaela y Francisco Guisasola, autorizándoles a pagar las cuentas que pudiesen surgir de sus compromisos adquiridos. El 26 de junio de 1859, necesitaron realizar unos pagos y nos le quedó otro remedio que pedírselo a José Antonio Guisasola, quien les proporcionó con el compromiso de devolvérselo en el momento que lo necesitase, previo aviso con un año de antelación y mientras tanto anualmente pagarían un 4% de interés. Eso supuso tener que hipotecar la mitad del caserío Zumaran y el molino de Zubiaga.246 [246 AHPG-GPAH, 1-4459, folio 179.]

Después de diversos avatares entre el hermano que se hallaba en ultramar y la venta a su hermana, al marido de esta y a su propia madre, comenzaron los quebraderos de cabeza para estas personas. El 18 de febrero de 1865 Juana Luisa ya estaba sola, pues su madre y su marido ya habían fallecido, necesitó hacer frente a las deudas ella sola. En esa fecha acuciada por las deudas, pedió ayuda a José Antonio Guisasola y éste le prestó el dinero necesario, a cambio de hipotecar entre otros bienes la mitad del caserío y el molino de Zubiaga.247 [247 AHPG-GPAH, 1-4465, folio 166.] Una vez más este molino prestaba su servicio, de una manera especial a la familia que lo había construido.

La madre y tutora del menor Bartolomé Uberuaga Zumaran, pedió permiso al juez de paz del Ayuntamiento de Bergara, para proceder a la venta de la quinta parte del caserío Zumaran y la misma parte del molino de Zubiaga, que por derecho le pertenecía a su hijo. Ramona Eguia que así se llamaba la madre, indicaba en ese escrito, que carecía de los medios necesarios para atender convenientemente las necesidades de su hijo, motivo por el cual se veía obligada a suplicar su autorización. El 21 de septiembre de 1866, el juez admitía la enajenación de los bienes que se reclamaban, bajo varias condiciones: que se hiciese una tasación de todo ese patrimonio por un experto, para posteriormente se preparara una subasta y otorgarlo al mejor postor, siendo el precio inicial el asignado por el perito y hacer constar en los autos la presentación de los oportunos recibos.

De conformidad con lo decretado, se nombró al eibarrés Alejandro Atristain, como hombre avezado en estas cuestiones, para que valorase todos esos bienes. Nosotros nos detendremos únicamente en aquellos que hacen referencia al molino de Zubiaga, por ser la base primordial en este. Después de haber medido el edificio del molino, determinó que ocupaba una planta solar de 36 pies de Este a Oeste (10,08 metros de largura) y otros 20 pies de Norte a Sur (5,60 metros de anchura), donde estaban instaladas 2 piedras molares y todo su contorno confinaba con terrenos que pertenecían al propio molino, valorándolo en 6.716 reales. También valoró otras propiedades y todo lo tasado ascendió a un total de 58.365,10 reales.

El interior de un molino harinero, donde se aprecian las tolvas “ota beltza”en las que se deposita el grano que caerá al centro de las piedras, tapadas con los octógonos de madera “arri kajia” para que no se esparza la harina y por medio de un canal “txorrue” caiga al interior del pesebre “askia”. Foto: Koldo Lizarralde.

Los primeros pasos ya estaban dados, quedaba preparar la subasta para que se celebrase el 23 de noviembre de 1866, en la sala de audiencias del juzgado de paz de Eibar. Antes hubo dar avisos de la almoneda en los lugares habituales. A las 11 de la mañana del indicado día, Inocencio Vidarte, como juez de paz de Eibar que era, ordenó dar comienzo a la puja, con el precio de salida establecido por el experto, indicando al alguacil Vicente Acha, que mantuviese encendidas varias pequeñas velas de cera encendidas. Una vez que encendía la última, se consumió y quedó totalmente apagada, y solo se presentó el remate de José Antonio Guisasola, quien se mostró de acuerdo en pagar el precio inicial y al no haber quien hubiera propuesto otra cifra, le adjudicaron el loto y Vidarte dio por concluida la sesión.

Aunque todo estaba preparado, surgió un contratiempo, ya que la tutora Ramona Eguia, en el tiempo transcurrido entre la autorización y la realización de la subasta, se había casado en segundas nupcias y su tutoría se la había pasado a su padre y abuelo del impúbero. Al haberse producido ese cambio, preguntaron al juez de Bergara, si se había actuado correctamente y de ser admitida pudiese enviar la autorización consintiendo la permuta, la valoración del especialista y la adjudicación de la compraventa.

Ese juez determinó que la licencia concedida a Ramona era extensiva para el nuevo tutor, en todos sus puntos, incluso aprobaba el remate efectuado. Pero que en adelante Ignacio Eguia San Martín, vecino de Elgoibar, estaba obligado a gobernar los bienes del menor, alimentarle, procurarle una educación adecuada con maestro o maestros versados en los temas que él no pudiese instruirle. Con los bienes que pudiesen corresponder al pequeño Bartolomé, podría arrendarlos a las personas que considerase oportuno, en los tiempos, precios y pactos más convenientes y útiles para el menor.248 [248 AHPG-GPAH, 1-4467, folio 439. Se ocupó de analizar el coste de los terrenos sembradíos que comprendían 321 posturas de 9 estados cuadrados cada una de ellas, lo que significaban 10.989,756m2), después de haber descontado lo correspondiente a la regata que lo atravesaba y un camino que se hallaba circundando el edificio del molino. Estos terrenos confinaban por el Este con propiedades de los caseríos Bekoetxea y Suiñaga; con dos caminos por el Sur y pertenecidos del Caserío Bekoetxea”, por el Oeste con terrenos de José Miguel Guisasola y del caserío Aginagaazpikoa y con la regata que bajaba del monte Urko; y por el Norte con terreno de los caseríos Aginagaazpikoa y Amuategi. A esta hacienda se le asignó un valor de 6.400 reales.]

La valoración realizada para la subasta, era lo que en conjunto valía el título de propiedad de las fincas y de los edificios pertenecían a Juana Luisa Uberuaga Zumaran, estando descontada la quinta parte de Bartolomé, que su abuelo tenía que administrar y que ya habían sido vendidas a José Antonio Guisasola, no obstante quedaban puntos por resolver y se presentaron en el acto de cancelación de deudas.

Eran tan cuantiosas que superaban lo que se había pagado por ellas, en primer lugar se contaba el préstamo de 40.000 reales, con un rédito del 4% que se debía al finado Cándido Areitio. Del mismo modo que faltaban por pagar aquellos créditos facilitados por el propio José Antonio Guisasola que hemos estado revisando, más el dinero que el propio Guisasola entregó a los representantes del finado Areitio, por los réditos de 2 años. Con Guisasola estaban en deuda por diferentes aportaciones que había entregado a Juana Luisa, y todavía le quedaba por cobrar los réditos de su segunda hipoteca. El dinero que facilitó para pagar el costo del funeral de la abuela Margarita Garitacelaya, cláusula insertada en la escritura de venta a favor de Juana Luisa, realizada por su hermano Juan Benito. También le facilitó el dinero suficiente para que su otro hermano Francisco viajase a ultramar. En otra ocasión se le pidió dinero para realizar un pago que Juan Luisa debía a su vecino Domingo Mandiola.

Otro tanto ocurrió con una deuda adquirida con su tío Ignacio Uberuaga. Depositó el dinero suficiente para pagar lo que se debía en el juzgado de primera instancia, por los expedientes del nombramiento de tutor, de la autorización para poder enajenar los bienes y la licencia que Juana Luisa, que necesitaba de su marido para realizar la compraventa. En definitiva, los débitos eran tan abundantes, que no quedó más remedio que proceder a la venta de los bienes.

Una vez descubiertas todas las deudas que implicaban a la mitad del caserío Zumaran y al molino de Zubiaga, se llegó a un acuerdo con el comprador José Antonio Guisasola, el 7 de junio de 1867 se quedó con todas las propiedades valoradas, a cambio de hacer frente a todas las deudas, incluidas las estaban sin abonarle. Aunque la diferencia entre lo que se le debía y lo que tenía que pagar, era notable, determinó que ese dinero y 600 reales más, que el entregó, se utilizasen en la educación del menor Bartolomé. Los vendedores estaban satisfechos y se apartaron de cualquier derecho o acción que les pudiese beneficiar y la propiedad sobre las fincas y edificios quedó en manos del comprador. El notario les indicó la obligatoriedad de presentar la escritura para su inscripción en el registro de la propiedad del partido de Bergara, ya que omitiendo su registro carecería de carácter legal, por la prohibición establecida de ser ad-mitidos en los tribunales y dependencias de Estado, los documentos no registrados.249 [249 AHPG-GPAH, 1-4467, folio 427.]

Únicamente habían pasado 2 meses que José Antonio Guisasola había comprado el molino de Zubiaga y los terrenos descritos en la anterior compraventa, y ya estaba preparando su venta. Para realizar el registro se puso de acuerdo con Domingo Mandiola, vecino del valle de Aginaga, labrador de 59 años y casado. Era el 10 de septiembre de ese año en concreto, cuando ambos se presentaron ante el escribano para plasmar todos los detalles del traspaso. Después de repetir las características de lo que suponía la transacción, Guisasola declaró que tanto el molino, con sus accesorios, como la casita que se encontraba enfrente, más los terrenos deslindados, las entradas y salidas de los mismos, estaban libres de cualquier gravamen. Entre los dos concertaron el precio de todo ello que suponían 2.100 escudos equivalentes a 21.000 reales y comunicaron que antes de realizar este documento, el vendedor ya había recibido esa cantidad. Había llegado el momento de transferir los plenos derechos de esas propiedades al comprador, para que en adelante y sin más acto de posesión, ni de otra formalidad, lo dispusiese con absoluta libertad.

El vendedor comunicó que estaba sin abonar el impuesto que competía al Estado, puesto que era un arancel no exigible en este país. En cuanto a la sociedad de seguros, desconocía si se tendría que abonar por los 2 últimos años, o si habría dividendos. En todo caso el escribano les recomendaba su inscripción en el registro de la propiedad de Bergara, para que de ese modo el documento firmado fuera válido.250 [250 AHPG-GPAH, 1-4467, folio 886.]

En la obra de Juan San Martín cita este molino en 1857. Su ultimo molinero fue Esteban Guisasola, que lo tuvo en funcionando hasta 1966. Hoy en día desaparecido.

Conclusiones

En la lectura de lo acontecido a lo largo de varios siglos, con los molinos de Eibar, hemos podido observar cómo desde el siglo XVI y hasta el siglo XIX, mayoritariamente los pagos de los arrendamientos, se realizaban a base de cereales que se molían en el propio molino, luego se incorporó el modelo del dinero para los tratos. Las fechas de entrega normalmente se realizaban en la fecha de Todos los Santos y las aves se entregaban por Navidad. El ayuntamiento se ocupaba de tener controlados las pesas y medidas, con sus registros.

También quedan reflejados los métodos de compra-venta de los molinos y la manera de adquirir la propiedad de estos establecimientos. Así como, la presencia de expertos para determinar la manera de ejecutar las obras.

Al consultar el trabajo presentado por Javier Elorza,251 [251 ELORZA MAIZTEGI, Javier “Eibar Orígenes y Evolución” Eibarko Udala, Ego Ibarra 2000, página 141.] podemos deducir que los molinos medievales que funcionaban en Eibar podían ser los de Isasi (Argaixpe y torrekua), Ulsaga, Ibarra, Otaola, Loidi, Urkizu y Unzueta, significando que el molino del Portal, llamado el viejo posiblemente haya sido el más antiguo.

Serapio Mujica, en su “Geografía del País Vasco Navarro” de 1914, nos anuncia que el río Ego movía las ruedas del molino harinero de la marquesa de Isasi, en ese mismo barrio, el antiguo molino de los señores Orbea hermanos en Urkizu, el molino de Azitain y el de Apalategi.

En 1944 los molinos de harinas que aparecen en el listado del comercio y la industria de Eibar son: Barrena txiki de José Aguirre, Hijos de Pedro María Nazabal y el Molino de Ezkaregi.

No debemos de olvidarnos que existe un caserío bajo la denominación de Bolingua que lo cita Juan San Martín y por ese motivo nos dirigimos hasta el lugar en 1983 y su propietario Felipe Alcelaya, fue quien nos indicó que su padre siendo joven trabajó en este molino y que en otra época existió una presa y que se utilizaba para la obtención de energía eléctrica.

Hay que tener en cuenta que en Eibar hubo dos molinos harineros eléctricos el Ezkaregi del barrio de Gorosta y el Eizkuaga errota situado en el barrio de Azitain y su propietario Pedro María Eguiguren en 1980 nos indicó que dejó de funcionar en 1960. Al no ser ingenios hidráulicos, no están incluidos en la investigación que hemos realizado.